BOPV nº 68 · 2021-04-08 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 15/2021, de 25 de marzo, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo por el que se aprueban los incrementos para el año 2021 de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 16 de marzo de 2021, el Acuerdo por el que se aprueban los incrementos para el año 2021 de las retribuciones del personal al servicio de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo por el que se aprueban los incrementos para el año 2021 de las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 25 de marzo de 2021. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 15/2021, DE 25 DE MARZO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO DE CONSEJO DE GOBIERNO, DE 16 DE MARZO DE 2021, POR EL QUE SE APRUEBAN LOS INCREMENTOS PARA EL AÑO 2021 DE LAS RETRIBUCIONES DEL PERSONAL AL SERVICIO DEL SECTOR PÚBLICO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI La Ley 11/2020, de 30 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2021, fija en su artículo 18 las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica en materia de gastos de personal al servicio del sector público. En el apartado Dos establece que, en el año 2021, las retribuciones del personal al servicio del sector público no podrán experimentar un incremento global superior al 0,9 por ciento, respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2020, en términos de homogeneidad para los dos periodos de la comparación, tanto por lo que respecta a efectivos de personal como a la antigüedad del mismo. Ese mismo porcentaje será aplicable también a los altos cargos y otro personal directivo y al personal laboral del sector público. La Ley 1/2021, de 11 de febrero, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2021, establece, en su artículo 19, las retribuciones del personal al servicio del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. El apartado 1 del artículo 19 prevé que, sin perjuicio de las disposiciones que con carácter básico se puedan dictar en relación con los gastos del personal al servicio del sector público, en el año 2021 las retribuciones anuales íntegras del personal al servicio de la Administración general, organismos autónomos, entes públicos de derecho privado y consorcios del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi no sujeto a régimen laboral se podrán incrementar un 0,9 % con respecto a las vigentes a 31 de diciembre de 2020, en términos de homogeneidad para los dos periodos de comparación por lo que respecta tanto a efectivos de personal como a la antigüedad y al régimen de jornada del mismo. En los apartados 13 y 14 del mismo artículo 19 se establece, para las retribuciones del Lehendakari, consejeros y consejeras, altos cargos y asimilados, así como del