BOPV nº 61 · 2021-03-26 · Planificación Territorial, Vivienda y Transportes

RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2021, del Viceconsejero de Planificación Territorial y Agenda Urbana, por la que se resuelve y hace pública la concesión de las ayudas previstas en la Orden de 7 de octubre de 2020, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para el ejercicio 2020, para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «Hábitat Urbano» del PCTI Euskadi 2020, Programa Bai+D+i.

Con fecha 15 de octubre de 2020 fue publicada en el BOPV n.º 203 la Orden de 7 de octubre de 2020, del Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones para el ejercicio 2020, para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «Hábitat urbano» del PCTI Euskadi 2020, programa Bai+D+i. El plazo de presentación de solicitudes finalizó el día 16 de noviembre, en virtud de lo establecido en el artículo 7 de la citada Orden, habiendo tenido entrada 16 solicitudes, si bien, la solicitud formulada por Pezestudio, S.C. ha presentado su desistimiento, por lo que procede el análisis y verificación de las 15 solicitudes restantes. Conforme a lo dispuesto en el artículo 14 de la citada Orden de 7 de octubre de 2020 reguladora de estas ayudas, con fecha 25 de noviembre se constituyó el correspondiente Tribunal de Valoración con objeto de llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas teniendo en cuenta lo dispuesto en el artículo 12 de dicho artículo que recogía los criterios de adjudicación y su puntuación máxima. El artículo 10 de la antedicha Orden de 7 de octubre de 2020 prevé que para la concesión de las subvenciones se destinará un total de 400.000,00 euros. Por su parte, dicha disposición precisa que se subvencionará el 80 % de los costes subvencionables, con un máximo de 100.000 euros para redacción y ejecución de proyectos y 30.000 euros para la exclusiva redacción de proyectos, hasta el agotamiento del crédito presupuestario existente, no pudiendo ser objeto de subvención el IVA u otros impuestos, salvo que se acredite que suponga un coste para la persona o entidad beneficiaria. Con fechas 20 y 21 de enero de 2021 el Tribunal de Valoración, tras llevar a cabo el análisis y verificación de las solicitudes recibidas, y de acuerdo con lo señalado en el artículo 15, elevó a esta Viceconsejería la Propuesta de adjudicación en la que consta la relación de las solicitudes presentadas; la prelación de solicitudes que se propone subvencionar y la relación de solicitudes que se propone denegar, incluyendo los motivos que fundamentan dicha denegación. Dado lo dispuesto en el artículo 15 de la Orden de 7 de octubre de 2020, del Consejero de Consejero de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, por la que se establecen las bases reguladoras y se convoca la concesión de subvenciones, para el ejercicio 2020, para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «hábitat urbano» del PCTI Euskadi 2020, programa BAI+D+i y a la vista de la Propuesta elevada por el Tribunal de Valoración constituido al efecto, RESUELVO : Primero Conceder las subvenciones para el desarrollo de ideas y proyectos innovadores que contribuyan a los objetivos del nicho de oportunidad «hábitat urbano» a la persona y entidades beneficiarias que se r

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV