BOPV nº 48 · 2021-03-08 · Cultura y Política Lingüística

RESOLUCIÓN de 23 de febrero de 2021, del Director de HABE, por la que se nombran las personas examinadoras de las pruebas de acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera establecidos en el Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas convocadas por HABE en el ejercicio 2021.

La Orden de 9 de septiembre de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, corregida por Orden de 16 de febrero de 2021, regula la evaluación y certificación de los niveles de competencia lingüística en euskera, y se fijan los criterios para las convocatorias de ayudas al alumnado de los cursos de euskera para personas adultas. Al amparo del artículo 14 de la mencionada Orden, el Director de HABE, mediante resoluciones de 30 de noviembre de 2020, de 1 de diciembre de 2020 y de 2 de diciembre de 2020, realizó las convocatorias de las pruebas de acreditación correspondientes a 2021. Posteriormente, se ha analizado la propuesta de la Sección de Evaluación y Acreditación en la que consta que las personas candidatas a realizar labores de acreditación como personas examinadoras en dichas convocatorias cumplen los requisitos requeridos para el cumplimiento de dichas funciones. Por ello, de acuerdo con lo establecido en la mencionada Orden de 9 de septiembre de 2020, y a fin de llevar a cabo las convocatorias de 2021 para la acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera definidos en el Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC), RESUELVO : Primero Nombrar a las personas citadas en el anexo de la presente Resolución examinadoras para la corrección y calificación de los apartados correspondientes a las destrezas de comprensión y expresión escrita y oral en las convocatorias de 2021 de pruebas de acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera definidos en el HEOC. En caso de que el número de personas matriculas en dichas convocatorias superase las previsiones realizadas, el responsable de la Sección de Evaluación y Acreditación de HABE podrá reasignar el nivel asignado a determinadas personas examinadoras para ajustarse a las necesidades existentes. Segundo Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En San Sebastián, a 23 de febrero de 2021. El Director de HABE, JOKIN AZKUE ARRASTOA. ANEXO Nivel B1 Abad Salas, Rakel Agirregomezkorta Huizi, Nagore Aguirre Ibañez, Javier Aldaz Mujika, Irati Almonacid Camara, Carlos Alonso Pinto, Xabier Alvarez Viteri, Nora Anakabe Gabiola, Irati Aranburu Izeta, Joxe Miguel Aristi Aldabaldetreku, Kaiet Arrizabalaga Andreu, Ane Arroyo Diez, Andrea Arruabarrena Arruabarrena, Josune Artetxe Menika, Jon Artola Llanos, Iratxe Arzalluz Azkue, Elisabete Aspe Aspe, Ester Aurrekoetxea Terradillos, Mikel Azpiroz Atxukarro, Eli Azurmendi Arcelus, Ane Barandiaran Alberdi, Maider Barrantes Ramos, Liher Barrenetxea Larrinaga, Gorka Barrera Diez, Ana Basogain Urrutia, Jon Xabier Basterra Txurruka, Ilune Baztarrika Abrego, Maritxel Begiristain Basterretxea, Begoña Begiristain Grado, Maialen Bejarano Ayerbe, J

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV