BOPV nº 46 · 2021-03-04 · Educación

ORDEN de 16 de febrero de 2021, del Consejero de Educación, por la que se modifica la autorización del Centro Privado de Educación Secundaria «Vitae Bilbao» de Erandio (Bizkaia).

Examinado el expediente iniciado por el representante del centro privado «Vitae Bilbao», en solicitud de modificación de la autorización del centro para impartir un nuevo ciclo formativo de Formación Profesional. Resultando que el citado expediente ha sido tramitado de conformidad con el procedimiento establecido, que se ha unido al mismo la documentación exigida por la normativa vigente y que ha sido informado por los organismos competentes en la materia. Vistos el Real Decreto 332/1992, de 3 de abril (BOE del 9 de abril), sobre autorizaciones de centros docentes privados para impartir enseñanzas de régimen general no universitarias, modificado por el Real Decreto 131/2010, de 12 de febrero (BOE de 12 de marzo); el Real Decreto 651/2017, de 23 de junio (BOE 8 de julio), por el que se establece et título de Técnico Superior en Acondicionamiento físico y se fijan los aspectos básicos del currículo, modificado por el Real Decreto 482/2020, de 7 de abril (BOE de 13 de mayo), el Decreto 61/2020, de 12 de mayo (BOPV de 31 de julio), por el que se establece el currículo correspondiente al título de Técnica Superior o Técnico Superior en Acondicionamiento físico, y demás legislación aplicable en la materia, RESUELVO : Artículo 1 Se autoriza la apertura y funcionamiento del centro docente privado que se describe a continuación: N.º de código: 48019729. Denominación genérica: Centro Privado de Educación Secundaria. Denominación específica: «Vitae Bilbao». Titular: Forma´t en Formació Professional, S.L. Domicilio: Goierri-Martiartu errepidea, 13 (Vaixell M.ªAssumpta, 3, 08912 Badalona). Municipio: Erandio. Territorio Histórico: Bizkaia. Enseñanzas que se autorizan: Impartición del Ciclo Formativo de Grado Superior «Acondicionamiento físico». Composición resultante para las enseñanzas de Formación Profesional: Familia Actividades físicas y deportivas: Ciclo Formativo de Grado Medio Técnico en guía en el medio natural y de tiempo libre. Capacidad: 1 ciclo. Ciclo Formativo de Grado Superior Acondicionamiento físico. Capacidad: 2 ciclos. Ciclo Formativo de Grado Superior Enseñanza y Animación Sociodeportiva. Capacidad: 2 ciclos. Artículo 2 El centro queda obligado al cumplimiento de la normativa vigente en cuanto al equipamiento, así como a la titulación académica y perfil lingüístico del profesorado que se requieren para la impartición de las enseñanzas autorizadas por la presente Orden. En caso contrario, procedería la revocación de la autorización otorgada. Artículo 3 El centro deberá cumplir el Código Técnico de la Edificación, aprobado por el Real Decreto 314/2006, de 17 de marzo, así como las condiciones higiénicas, acústicas, de habitabilidad, de seguridad y de accesibilidad que se señalen en la legislación vigente. La responsabilidad por el incumplimiento de dichas condiciones corresponde al titular del centro. Artículo 4 Información práctica sobre protección de datos. Sus datos de carácter personal serán tratados e incorporados a la actividad de trata

Publicación oficial en euskadi.eus

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