BOPV nº 44 · 2021-03-02 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 18 de febrero de 2021, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones en el ejercicio 2021 a la producción de las artes escénicas.

De conformidad al Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura y Política Lingüística las funciones relativas a actividades artísticas y culturales, así como su difusión. Dichas funciones están atribuidas a la Dirección de Promoción de la Cultura a través del Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística. Dicha Dirección de Promoción de la Cultura estima oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita la promoción de las actividades escénicas de carácter profesional, actuación encuadrable en su ámbito competencial, mediante la concesión de subvenciones a los diferentes procesos que confluyen en la producción escénica. Con tal medida se pretende obtener una fórmula de promoción de la labor creativa de las compañías vascas y posibilitar, además, que tales grupos obtengan el reconocimiento a su labor y abran los posibles mercados que permitan incrementar la financiación de los mismos. En su virtud, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular las condiciones de concesión de subvenciones a la producción de las artes escénicas (teatro, danza, circo) de carácter profesional que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2021. Los espectáculos circenses se podrán presentar en el área teatral o de la danza en función de las características del espectáculo. Artículo 2 Modalidades y recursos económicos. El importe global destinado a estas subvenciones es de 1.380.000 euros. Atendiendo a las modalidades de ayuda que comprende la presente convocatoria el importe global de 1.380.000 euros se distribuirá de la siguiente forma: a) Ayudas a la realización de producciones con circuito concertado en los términos que se establecen en el Capítulo II: 225.000 euros. b) Ayudas a la realización de producciones I en los términos que se establecen en el Capítulo III: 175.000 euros. c) Ayudas a la realización de producciones II en los términos que se establecen en el Capítulo IV: 280.000 euros. d) Ayudas a la actividad escénica bienal en los términos que se establecen en el Capítulo V: 700.000 euros. Atendiendo a las disciplinas artísticas contempladas en la presente convocatoria el importe global de 1.380.000 euros se distribuirá de la siguiente forma: a) Ayudas en el área teatral: 862.000 euros. b) Ayudas en el área de la danza: 518.000 euros. La distribución de las cantidades destinadas a cada disciplina en las diferentes modalidades se detallará en el correspondiente capítulo. Sin perjuicio de las dotaciones indicadas para cada disciplina en cada modalidad, cuando por razón de falta de solicitudes o de incumplimientos de requisitos, o de falta de calidad de las solicitudes presentadas no se a

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