BOPV nº 34 · · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

ORDEN de 9 de febrero de 2021, de la Consejera de Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente, por la que se convocan, para el año 2021, las ayudas a las asociaciones ganaderas de razas puras de la Comunidad Autónoma del País Vasco.

La conservación, caracterización y mejora de los recursos genéticos, especialmente los autóctonos, ha sido el modelo para el diseño tanto de la nueva legislación europea, como de la estrategia mundial de la FAO. Este modelo ha requerido la implantación de mecanismos de ayuda que adecúen dichas políticas a la actividad de las asociaciones ganaderas. Esas asociaciones, por una parte, coordinan e impulsan los esfuerzos en pro de la modernización de las explotaciones, gestionando los libros genealógicos, ejecutando los programas de selección y el control de los rendimientos. Por otra, difunden los resultados obtenidos y ayudan en la comercialización de los animales y sus productos, permitiendo alcanzar una mayor eficacia en la producción y una mayor rentabilidad de las explotaciones ganaderas, con la progresiva aplicación de programas innovadores y de nuevas tecnologías. Así mismo, colaboran en el desarrollo e impulso de las zonas rurales y de agricultura de montaña del territorio de la Comunidad Autónoma Vasca. Para asegurar la plena efectividad de las medidas, y para garantizar las mismas posibilidades de obtención y disfrute por parte de sus potenciales destinatarias, así como la aplicación homogénea de la normativa zootécnica, se aprobó el Decreto 240/2017, de 24 de octubre, por el que se regula la concesión de subvenciones a las asociaciones ganaderas de razas puras de la Comunidad Autónoma del País Vasco. El artículo 13 de dicho Decreto regulador establece que, anualmente, se convocarán por Orden de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras las subvenciones a las asociaciones ganaderas de razas puras de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Dicho precepto establece que la orden de convocatoria determinará el importe destinado a las subvenciones, el plazo de presentación de solicitudes y, en caso de ser preciso, se concretará el contenido de la Disposición Adicional Segunda del Estatuto de las Mujeres Agricultoras. La presente convocatoria de ayudas cuenta con dotación presupuestaria suficiente según los créditos autorizados por la Ley 13/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio de 2020 y prorrogados para 2021. […] El texto completo sigue en la publicación oficial.

Publicación oficial en euskadi.eus