BOPV nº 30 · 2021-02-11 · Gobernanza Pública y Autogobierno

ORDEN de 28 de diciembre de 2020, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 4 de los Estatutos de la Fundación para la Investigación Universidad-Empresa, Jakintza Lanezko Ikerkuntza, abreviadamente Euskoiker.

Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero En fecha 29 de junio de 2020 tuvo entrada telemática en el Registro del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, la escritura pública de modificación de domicilio social otorgada el 11 de junio de 2020 por la Fundación para la Investigación Universidad-Empresa, Jakintza Lanezko Ikerkuntza, abreviadamente Euskoiker, ante el Notario de Bilbao, don Ignacio J. Gomeza Eleizalde, número 529 de su protocolo. Segundo El Registro de Fundaciones del País Vasco requirió el 28 de julio de 2020 la subsanación de los defectos observados en la documentación presentada, teniendo entrada el 28 de septiembre de 2020 en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno nueva escritura pública otorgada el 16 de septiembre de 2020 por la antecitada Fundación, ante el Notario de Bilbao, don Ignacio J. Gomeza Eleizalde, número 786 de su protocolo. Tercero En la referida documentación se manifiesta y eleva a pública la modificación del domicilio social de la Fundación, que pasa a estar ubicado en la Escuela de Ingeniería de Bilbao, Plaza del Ingeniero Torres Quevedo 1, Edificio II, Piso 1, Código local: P1|33, con la subsiguiente y necesaria modificación de la redacción del artículo 4 de sus estatutos. Cuarto El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado propuesta de resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación. Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación, RESUELVO : Primero Inscribir en el Registro d

Publicación oficial en euskadi.eus

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