BOPV nº 28 · 2021-02-09 · Osakidetza-Servicio vasco de salud

RESOLUCIÓN 20/2021, de 22 de enero, de la Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, por la que se aprueba la primera convocatoria ordinaria de pruebas de acreditación de perfiles lingüísticos de 2021.

La presente Resolución se basa en los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO S Mediante el Decreto 67/2003, de 18 de marzo, se regula el proceso de normalización del uso del euskera en Osakidetza. Este Decreto establece que los perfiles lingüísticos de aplicación en Osakidetza son los determinados en el artículo 13 del Decreto 86/1997, de 15 de abril, por el que se regula el proceso de normalización del uso del euskera en las administraciones públicas de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En la actualidad, en la situación de alarma decretada por los poderes públicos como consecuencia de la crisis sanitaria provocada por la COVID-19, y ajustándose a las normas y directrices de prevención establecidas por las autoridades sanitarias, es necesario establecer medidas extraordinarias para la ejecución de la primera convocatoria de acreditación de perfiles lingüísticos 2021, orientadas a la prudencia y seguridad. Reducir el tiempo de examen, siempre que se garantice el nivel de exigencia de las pruebas, tal y como se detalla en las bases 8 y 9 de esta Resolución. FUNDAMENTOS DE DERECHO El Decreto 67/2003 determina la competencia que le asiste a Osakidetza para la realización de pruebas de acreditación de esos perfiles lingüísticos a través de convocatorias ordinarias y/o extraordinarias que, con esa específica finalidad, realice dicho Ente. Por todo lo expuesto, y en uso de las facultades atribuidas. RESUELVO : Aprobar la primera convocatoria ordinaria de pruebas para la acreditación de perfiles lingüísticos del año 2021, de acuerdo con las bases que figuran en el anexo. Contra la presente Resolución de la Directora General de Osakidetza, podrá interponerse recurso de alzada ante el Consejo de Administración de Osakidetza, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco, de conformidad con el artículo 121 y siguientes de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. La presente Resolución entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 22 de enero de 2021. La Directora General de Osakidetza-Servicio vasco de salud, MARÍA ROSA PÉREZ ESQUERDO. ANEXO CONVOCATORIA PARA LA ACREDITACIÓN DE PERFILES LINGÜÍSTICOS BASES Base 1. Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria posibilita la acreditación de los perfiles lingüísticos uno, dos, tres y cuatro. El proceso de acreditación constará de un período de inscripción, una relación de personas admitidas y excluidas, unas pruebas que tendrán calificaciones provisionales, un período de reclamación, y concluirá con la publicación de las calificaciones definitivas. El proceso de acreditación se inicia con la publicación de la presente Resolución, que regulará cada una de las fases de que consta este proceso. Base 2. Personas que pueden presentarse a la convocatoria. Podrá participar en la convocatoria el personal de Osakidetza, cualquiera que

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