BOPV nº 27 · 2021-02-08 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 5/2021, de 28 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi y el Ayuntamiento de San Sebastián, en materia de colaboración en la gestión de emergencias.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración entre la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y el Ayuntamiento de San Sebastián, en materia de colaboración en la gestión de emergencias, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 28 de enero de 2021. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 5/2021, DE 28 DE ENERO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE LA ADMINISTRACIÓN GENERAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI, Y EL AYUNTAMIENTO DE SAN SEBASTIÁN, EN MATERIA DE COLABORACIÓN EN LA GESTIÓN DE EMERGENCIAS En Vitoria-Gasteiz Comparecen, de una parte, D. Josu Iñaki Erkoreka Gervasio, Vicelehendakari primero del Gobierno Vasco y Consejero de Seguridad, que actúa en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi; y de otra, D. Eneko Goia Laso, Alcalde-Presidente del Ayuntamiento de San Sebastián, que actúa en nombre y representación del Ayuntamiento de San Sebastián. En la representación que ostentan y con capacidad suficiente para otorgar el presente convenio, MANIFIESTAN: Primero Que ambas Instituciones participan, en la medida de sus competencias y responsabilidades, en el Sistema Vasco de Atención de Emergencias y Protección Civil. El citado sistema está constituido por el conjunto de principios e instrumentos de prevención y planificación previstos: en el Decreto legislativo 1/2017, de 27 de abril, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Gestión de Emergencias; en el Plan de Protección Civil de Euskadi (Labi) aprobado por Decreto 153/1997, de 24 de junio, que aprueba el plan de Protección Civil de Euskadi «Larrialdiei Aurregiteko bidea- Labi» y regula los mecanismos de integración del Sistema Vasco de Atención de Emergencias y Protección Civil (BOPV no 138, de 21 de julio), modificado este último por el Decreto 1/2015, de 13 de enero, por el que se aprueba la revisión extraordinaria del Plan de Protección Civil de Euskadi, «Larrialdiei Aurregiteko bidea- Labi» (BOPV n.º 14, de 22 de enero de 2015), y en la Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi. Segundo Que la integración y coherencia de dicho Sistema Vasco de Atención de Emergencias y Protección Civil (que engloba la preparación y respuesta para hacer frente tanto a situaciones de emergencias catastróficas como a otros supuestos menos graves), obliga a las Administraciones Vascas, en el ámbito de sus respectivas competencias, a garantizar la disponibilidad permanente de un sistema de gestión de emergencias integrado y compatible. A dichos efectos, se someten en sus relaciones a los p

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