BOPV nº 27 · 2021-02-08 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 10 de diciembre de 2020, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de estatutos de la Fundación «Mubil Fundazioa».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 4 de noviembre de 2020 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la modificación de estatutos de la Fundación «Mubil Fundazioa», aprobada por la referida Fundación el 23 de julio de 2019 y por el Consejo de Gobierno Foral de la Diputación Foral de Gipuzkoa el 30 de julio de 2019, y elevada a escritura pública que se otorgó ante el Notario de San Sebastián don Enrique Miguel García-Jalón de la Lama el 29 de octubre de 2020 (número 1.370 de su protocolo). Al escrito de solicitud se adjuntó la documentación obrante en el expediente. Segundo En la referida documentación se manifiesta y eleva a pública la modificación de los estatutos de la Fundación en los artículos seguidamente relacionados: Artículo 8 Composición del patronato. Artículo 11 Sustitución de las personas integrantes del Patronato. Artículo 14 Presidencia de la Fundación. Artículo 15 La Vicepresidencia. Tercero El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y el artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación, RESUELVO : Primero Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación de los artículos de la Fundación «Mubil Fundazioa» de Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa) citados en el antecedente de hecho segundo, con la fecha la presente Orden, en los términos