BOPV nº 40 · 2021-02-24 · Seguridad
RESOLUCIÓN de 29 de enero de 2021, de la Directora de Tráfico, por la que se convoca prueba selectiva para la obtención del Certificado de Aptitud de Director/a de Escuelas Particulares de Conductores.
Al amparo de lo dispuesto en el Real Decreto 3256/1982, de 15 de octubre; de conformidad con las funciones atribuidas a esta Dirección de Tráfico por el artículo 17.4.a) del Decreto 6/2021, de 19 de enero; de acuerdo con la atribución de competencias contenida en el artículo 48 del Reglamento Regulador de las Escuelas Particulares de Conductores de Vehículos a Motor, aprobado por Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre, se convoca prueba selectiva para quienes deseen obtener el Certificado de Aptitud de Director/a de Escuelas Particulares de Conductores conforme a las siguientes bases: Primera Régimen de la prueba selectiva y expedición del Certificado de Aptitud de Director/a de Escuelas Particulares de Conductores. Las personas admitidas a la prueba selectiva que, reuniendo los requisitos exigidos en la presente Resolución, resulten declaradas aptas, podrán solicitar la expedición del Certificado de Aptitud de Director/a de Escuelas Particulares de Conductores. Segunda Requisitos de participación. Las personas que deseen tomar parte en el procedimiento, para ser admitidas, deberán reunir todos y cada uno de los requisitos siguientes: Formular solicitud previa. Estar en posesión del Certificado de Aptitud de Profesor/a de Formación Vial o de Profesor/a de Escuelas Particulares de Conductores expedido en fecha anterior al día en que finalice el plazo de presentación de solicitudes, de conformidad con el artículo 47 del Real Decreto 1295/2003, de 17 de octubre. Quienes hayan ejercido como profesores/as en otros Estados de la UE o en otros Estados signatarios del Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo, de acuerdo con lo dispuesto en el Real Decreto 1837/2008, de 8 de noviembre, deberán acreditarlo documentalmente. Haber satisfecho la tasa por gastos y derechos de inscripción en pruebas para la obtención del certificado de aptitud de director de escuelas particulares de conductores, conforme a lo establecido en el n.º 3 de la base tercera y de acuerdo con lo establecido en el Decreto Legislativo 1/2007, de 11 de septiembre, que aprueba el Texto Refundido de la Ley de Tasas y Precios Públicos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Quienes deseen tomar parte en el procedimiento deberán reunir los requisitos exigidos en el apartado anterior a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes. Para que la persona pueda ser admitida y tomar parte en la prueba selectiva, bastará con que manifieste en su solicitud que reúne todos y cada uno de los requisitos exigidos para tomar parte, referido siempre a la fecha de finalización del plazo para presentar solicitudes. No obstante, si con ocasión de la prueba de selección o durante los trámites posteriores y hasta la emisión del correspondiente certificado, se tuviera conocimiento de que alguna de las personas aspirantes no cumple uno o varios de los requisitos exigidos, o de la certificación acreditada resultase que la solicitud adolece de errores o falsedades que i