BOPV nº 21 · 2021-01-29 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

DECRETO 12/2021, de 19 de enero, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales.

En virtud del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, se procedió a la reordenación de la estructura departamental de la Administración de la Comunidad Autónoma y a la nueva asignación competencial entre los Departamentos de la misma, para garantizar la continuidad de las tareas político-administrativas del Gobierno sin provocar interrupciones en las mismas, y ordenar el tránsito de la organización administrativa anterior a la que se aprueba en el citado decreto, todo ello, con el fin último de llevar a cabo con la máxima eficacia el Programa de Gobierno de la nueva legislatura. El artículo 13 del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, determina las funciones y áreas de actuación del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, el cual estará formado, de acuerdo con lo dispuesto en la Disposición Adicional Sexta del mencionado Decreto, por todos los órganos y unidades del extinto Departamento de Empleo y Políticas Sociales, con la excepción de los órganos y unidades de la Viceconsejería de Empleo y Juventud, salvo la Dirección de Juventud. Asimismo, de acuerdo al segundo apartado de esta Disposición, se incorporan los órganos y unidades de la Viceconsejería de Justicia del extinto Departamento de Trabajo y Justicia, así como los de la Secretaría General de Derechos Humanos, Convivencia y Cooperación de la anterior estructura de Lehendakaritza. En concordancia con lo dispuesto en la Disposición Final Primera del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, donde se especifican los criterios organizativos que han de guiar los reglamentos orgánicos, se hace necesario proceder a una reordenación de las diversas áreas de actuación. En definitiva, todas las circunstancias anteriormente reseñadas ponen en evidencia la necesaria articulación de la nueva estructura orgánica y funcional del Departamento de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales. Dicha estructura se articula en tres Viceconsejerías, que son la de Justicia, Políticas Sociales y Derechos Humanos, Memoria y Cooperación, las cuales a su vez se estructuran en diversas Direcciones en función de cada una de las materias específicas. Asimismo, y aparte de lo anterior, existen otros órganos con dependencia jerárquica directa del Consejero o Consejera del Departamento, que son la Dirección de Gabinete, la Dirección de Comunicación, la Dirección de Servicios y la Dirección de Juventud. En relación a la Viceconsejería de Justicia, le corresponde el ejercicio de las competencias departamentales referidas a la atención de las relaciones con el Poder Judicial; a la provisión de los medios para el funcionamiento de la misma; a los establecimientos penitenciarios, en especial su organización, funcionamiento y ejecución de la legislación penitenciaria, asumiendo el ejercicio de las facultades que éste atrib

Publicación oficial en euskadi.eus

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