BOPV nº 20 · 2021-01-28 · Gobernanza Pública y Autogobierno
ORDEN de 7 de diciembre de 2020, de la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la modificación del artículo 4 de los estatutos de la «Fundación Donosti Cup Fundazioa».
Visto y examinado el expediente de solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 25 de noviembre de 2020 tuvo entrada telemática, en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco de la modificación de estatutos de la «Fundación Donosti Cup Fundazioa», junto con escritura pública otorgada por la misma el 19 de noviembre de 2020, en Oiartzun, ante el notario del País Vasco D. Iñigo Escales Ainzua, bajo el número 735 de su protocolo. Segundo Que mediante la escritura referenciada se elevó a público el acuerdo adoptado por unanimidad de los miembros del Patronato para trasladar el domicilio social de la fundación y aprobar, en consecuencia, la pertinente modificación del artículo 4 de los estatutos, según resulta de certificación expedida por el secretario del patronato, con el visto bueno del presidente que consta unida a la escritura. En tal sentido el domicilio social se traslada de Donostia / San Sebastián a Irun, calle Tompes n.º 1 - 1.º C. Tercero El expediente ha sido examinado por los Servicios Técnicos del Registro de Fundaciones del País Vasco que, a su vista, han elevado Propuesta de Resolución, atendiendo a los siguientes FUNDAMENTOS JURÍDICOS Primero Corresponde a la Consejera de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de modificación estatutaria, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1.a) del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, en el artículo 7.1.n) del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y en el artículo 3.1 del Decreto 71/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno. Segundo Al presente expediente se han aportado cuantos datos y documentos se consideran esenciales, cumpliéndose especialmente los requisitos previstos en los artículos 37 y 51.2 de la Ley 9/2016, de 2 de junio, de Fundaciones del País Vasco y en el artículo 42 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y del Registro de Fundaciones del País Vasco, ajustándose la modificación estatutaria practicada a las previsiones legales y reglamentarias que devienen de aplicación. Vistos los preceptos citados y demás normas de general aplicación, RESUELVO : Primero Inscribir en el Registro de Fundaciones del País Vasco, con la fecha de la presente Orden, la modificación del artículo 4 de los estatutos de la «Fundación Donostia Cup Fundazioa» de Irun (Gipuzkoa), sobre traslado de domicilio, en los términos previstos en la escritu