BOPV nº 11 · 2021-01-18 · Economía y Hacienda

ORDEN de 17 de diciembre de 2020, de los Consejeros de Economía y Hacienda y de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, de constitución de la Mesa de Contratación del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes.

Tras la entrada en vigor del Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, es necesario conformar la mesa de contratación adscrita al Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, al objeto de dar cumplimiento a lo establecido en el artículo 8 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de Contratación Pública, DISPONEMOS: Artículo 1 Los órganos de contratación del Departamento de Planificación Territorial, Vivienda y Transportes, estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una mesa de contratación, que ejercerá las funciones del artículo 9 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y deberá conformarse con los siguientes miembros: a) Presidencia: la Responsable del Área de Gestión Económica y Presupuestaria, así como un/a asesor/a jurídico/a, ambos/as de la Dirección de Servicios, ejercerán indistintamente las funciones de Presidente/a de la Mesa de Contratación y se suplirán entre sí para los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa. b) Un/a vocal designado por el órgano de contratación al que prestará asesoramiento técnico. c) Secretario/a-Vocal-Asesor Jurídico: la Responsable de Contratación de la Dirección de Servicios, que ejercerá las funciones de Asesora Jurídica y Secretaria de la Mesa con voz y voto. En los casos de vacante, ausencia, enfermedad u otra causa legal será suplida por un/a técnico/a del Servicio de Contratación de la Dirección de Servicios. d) Un/a vocal en representación de la Oficina de Control Económico, designado por su titular. e) Un/a vocal en representación de la Dirección de Tecnologías de la Información y la Comunicación, únicamente en los expedientes referidos a bienes y infraestructuras tecnológicas y servicios TIC. Será propuesto por su titular y nombrado por el órgano de contratación, en los supuestos previstos en el Decreto 36/2020, de 10 de marzo, por el que se regula el Modelo de Gestión de las Tecnologías de la Información y la Comunicación en el Sector Público de la Comunidad Autónoma de Euskadi. f) Opcionalmente, y a petición del órgano de contratación, un/a vocal en representación de la Dirección de Patrimonio y Contratación, propuesto por su titular y nombrado por el órgano de contratación. Artículo 2 La composición e identificación de sus miembros se incluirá en los pliegos de cláusulas administrativas particulares de cada contrato y se publicará en el perfil de contratante del órgano de contratación correspondiente. Artículo 3 La mesa de contratación conformada según las disposiciones anteriores s

Publicación oficial en euskadi.eus

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