BOPV nº 252 · 2020-12-17 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales

ORDEN de 5 de noviembre de 2020, de la Consejera de Igualdad, Justicia y Políticas Sociales, por la que se convoca concurso de traslado para la provisión de puestos de trabajo genéricos en el Instituto Vasco de Medicina Legal, para el Cuerpo de Médicos Forenses.

De conformidad con lo establecido en el artículo 531 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en los artículos 43 a 48 y 51 a 53 del Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se anuncia concurso de traslado para la provisión de puestos genéricos vacantes que se citan en el Anexo I, para el Instituto Vasco de Medicina Legal, entre los funcionarios del Cuerpo de Médicos Forenses, de acuerdo con las siguientes bases: Primera Objeto de la convocatoria. La presente convocatoria tiene por objeto la provisión, por concurso de traslado, de los puestos de trabajo genéricos vacantes incluidos en las Relaciones de Puestos de Trabajo del Instituto Vasco de Medicina Legal. En todo lo no previsto concretamente en la presente convocatoria, en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y en el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal Funcionario al Servicio de la Administración de Justicia, aprobado por Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, se aplicará lo dispuesto en la legislación general sobre la función pública. Segunda Requisitos y condiciones de participación. Podrá tomar parte en este concurso el personal funcionario de carrera perteneciente al Cuerpo de Médicos Forenses, cualquiera que sea el ámbito territorial en que esté destinado, y reúna las condiciones generales exigidas y los requisitos determinados en esta convocatoria en la fecha en que termine el plazo de presentación de las solicitudes de participación y las mantenga hasta la resolución definitiva del concurso. Solo podrán tomar parte en este concurso el personal Médico Forense si en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes hubieran transcurrido dos años desde que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que se le adjudicó destino definitivo, o la resolución en la que se le adjudicó destino definitivo, si se trata de personal funcionario de nuevo ingreso. Para el cómputo de los años se considerará como primer año el año natural en que se dictaron las resoluciones de que se trate, con independencia de su fecha, y como segundo año, el año natural siguiente. El personal funcionario que no tenga destino definitivo está obligado a participar en los concursos de acuerdo con la normativa vigente, estando excluido de dicha limitación temporal. No podrán tomar parte en este concurso: a) Quienes hayan sido declarados suspensos en firme, mientras dure la suspensión. b) El personal Médicos Forenses que se encuentre en situación de excedencia voluntaria por interés particular o por agrupación familiar, durante el periodo mínimo obligatorio de permanencia en dicha situación. c) Quienes hayan sido sancionados con traslado forzoso, hasta que transcurran uno o tres años, para destino en la misma local

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV