BOPV nº 249 · 2020-12-14 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 25 de noviembre de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se desiste del procedimiento convocado por la Orden de 10 de diciembre de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se convoca y regula el premio «Kultura Ondarea Saria» para el año 2020.

En el marco de las competencias, estructura orgánica y funciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística (Decreto 18/2020, de 6 de septiembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos y Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística), se procedió a convocar el Premio «Kultura Ondarea Saria 2020», a través de la Orden de 10 de diciembre de 2019, del Consejero de Cultura y Política Lingüística (BOPV n.º 240, de 18 de diciembre de 2019). La finalidad de esta convocatoria es premiar a estudiantes de tercero y cuarto de Educación Secundaria Obligatoria, primero de Bachillerato y primero de Ciclos Formativos de Grado Medio de Formación Profesional, matriculados/as en centros oficiales de la Comunidad Autónoma del País Vasco durante el curso 2019-2020, que mejor contribuyan a la difusión del conocimiento del Patrimonio Cultural Vasco. A través de este Premio se incentiva tanto el trabajo en equipo del alumnado, que está orientado por el profesorado de los centros, como la difusión del conocimiento del Patrimonio Cultural a través de las redes sociales, a las que se da soporte en el blog del Premio www.kulturaondareasaria.blog.euskadi.eus, donde quedan archivados los vídeos presentados. En el transcurso de la convocatoria, la Organización Mundial de la Salud elevó el día 11 de marzo de 2020 la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19 a pandemia internacional. La rapidez en la evolución de los hechos, a escala nacional e internacional, ha requerido la adopción de medidas inmediatas y eficaces para hacer frente a esta coyuntura. El Gobierno del Estado, para hacer frente y gestionar esta situación, dictó el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19. Dicho Real Decreto contemplaba un conjunto de medidas para proteger la salud y seguridad de los ciudadano/as, contener la progresión de la enfermedad y reforzar el sistema de salud pública. Se trataba de medidas temporales de carácter extraordinario orientadas a prevenir y contener el virus y a mitigar el impacto sanitario, social y económico de la enfermedad. Precisamente, una de las medidas adoptadas por dicho Real Decreto fue la interrupción de los plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público, aspecto este que incidía de manera directa en el normal desarrollo y gestión de la convocatoria. Entre otras limitaciones, el estado de alarma ha supuesto el cese de la actividad docente, el cierre de Centros Educativos y fronteras y la suspensión e interrupción de plazos para la tramitación de los procedimientos de las entidades del sector público. En concreto, en el ámbit

Publicación oficial en euskadi.eus

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