BOPV nº 246 · 2020-12-10 · HABE

RESOLUCIÓN de 1 de diciembre de 2020, del Director de HABE, por la que se realiza la convocatoria abierta de 2021, para la acreditación de los niveles B1, B2, C1 y C2 de competencia comunicativa en euskera definidos en el Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC).

Al amparo de lo dispuesto en los Decretos 179/2003 y 166/2019 y en la Orden de 9 de septiembre de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, HABE puede realizar convocatorias de acreditación de los niveles de competencia comunicativa en euskera establecidos en el HEOC, para las personas que estén interesadas en las mismas. Por otro lado, el Consejero de Cultura y Política Lingüística aprobó la estructura y la descripción del Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas (HEOC), en el marco de su ordenamiento académico, mediante Orden de 22 de julio de 2015, por la que se conformó un proceso de aprendizaje definido en seis niveles (A1, Usuario inicial; A2, Usuario básico; B1, Usuario independiente; B2, Usuario avanzado; C1, Usuario competente; C2, Usuario experto); articulado en base a la interacción sociodiscursiva, basado en un enfoque comunicativo definido mediante acciones comunicativas, en función de las características propias del euskera y que toma en consideración la situación sociolingüística del contexto de aprendizaje. Desde dicho enfoque y visión, la citada Orden define los contenidos (contexto sociolingüístico, temas, géneros textuales, funciones, exponentes textuales, exponentes lingüísticos, estrategias...), las orientaciones metodológicas y los criterios de evaluación. Por todo ello, RESUELVO : Primero Realizar la convocatoria abierta de 2021 para la acreditación de los niveles B1, B2, C1 y C2 de competencia comunicativa en euskera definidos en el HEOC, de acuerdo con las bases y criterios que figuran en los Anexos I y II de esta Resolución. Segundo En el ejercicio 2021 se realizarán dos procesos de acreditación en la convocatoria abierta de los niveles B1, B2, C1 y C2. Tercero Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En San Sebastián, a 1 de diciembre de 2020. El Director de HABE, JOKIN AZKUE ARRASTOA. ANEXO I BASES GENERALES DE LA CONVOCATORIA ABIERTA PARA EL PROCESO DE ACREDITACIÓN DE LOS NIVELES B1, B2, C1 Y C2 Base 1. Objeto. Es objeto de estas bases establecer las especificaciones necesarias en el procedimiento previsto en la Orden del Consejero de Cultura y Política Lingüística de 9 de septiembre de 2020, para la acreditación de los niveles de competencia comunicativa B1, B2, C1 y C2 establecidos en el HEOC por las personas que se matriculen en dichos niveles en los dos procesos de acreditación establecidos en la convocatoria abierta de 2021. Base 2. Marco básico de la convocatoria. El Currículo Básico para la Enseñanza del Euskera a Personas Adultas de HABE (HEOC) y el Marco Común Europeo de Referencia para la enseñanza, aprendizaje y evaluación de las lenguas constituirán, respectivamente, el fundamento y el ámbito de referencia par

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV