BOPV nº 238 · 2020-11-30 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 97/2020, de 24 de noviembre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Acuerdo de concesión de subvenciones directas a los centros docentes con concierto educativo en vigor, para financiar los gastos adicionales derivados de la aplicación de determinadas medidas exigidas por los protocolos de prevención frente al COVID-19.

Habiéndose aprobado por el Consejo de Gobierno, en su sesión celebrada el día 24 de noviembre de 2020, el Acuerdo de concesión de subvenciones directas a los centros docentes con concierto educativo en vigor, para financiar los gastos adicionales derivados de la aplicación de determinadas medidas exigidas por los protocolos de prevención frente al COVID-19, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Acuerdo de concesión de subvenciones directas a los centros docentes con concierto educativo en vigor, para financiar los gastos adicionales derivados de la aplicación de determinadas medidas exigidas por los protocolos de prevención frente al COVID-19, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 24 de noviembre de 2020. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 97/2020, DE 24 DE NOVIEMBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO ACUERDO DEL CONSEJO DE GOBIERNO DE 24 DE NOVIEMBRE DE 2020 DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DIRECTAS A LOS CENTROS DOCENTES CON CONCIERTO EDUCATIVO EN VIGOR PARA GASTOS ADICIONALES DERIVADOS DE LA APLICACIÓN DE DETERMINADAS MEDIDAS EXIGIDAS POR LOS PROTOCOLOS DE PREVENCIÓN FRENTE AL COVID-19 Los Acuerdos de la Conferencia Sectorial de Educación, para el inicio y el desarrollo del curso 2020-2021, publicados por Orden EFP/561/2020, de 20 de junio, contemplan entre otros, los siguientes: En el inicio y el desarrollo del curso 2020-2021, las Administraciones educativas seguirán las indicaciones establecidas por las autoridades sanitarias estatales y autonómicas, respetando lo dispuesto en el Real Decreto-Ley 21/2020, de 9 de junio (RCL 2020, 954), así como la distribución competencial existente. Las Administraciones educativas elaborarán los protocolos de actuación necesarios, teniendo en cuenta las instrucciones que se establezcan en cada momento por las autoridades sanitarias competentes en su ámbito territorial, para garantizar el cumplimiento de las instrucciones que establezcan las autoridades sanitarias, en relación con las medidas de higiene, limpieza y control sanitario que deban aplicarse, las distancias de seguridad que deban mantenerse entre las personas y la distribución de horarios y espacios que permitan evitar contactos masivos, con el fin de que el funcionamiento de los centros docentes se desarrolle en las mejores condiciones de seguridad. Las Administraciones educativas adoptarán las medidas necesarias para que los centros puedan ofrecer sus servicios complementarios habituales, especialmente de transporte y comedor escolar, en condiciones de seguridad. Aunque las circunstancias obliguen a realizar adaptaciones importantes en la prestación de esos servicios, deberá preverse su continuidad, que resulta especialmente importante para el alumnado más vulnerable. Las Administraciones educati

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