BOPV nº 219 · 2020-11-05 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 89/2020, de 29 de octubre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del convenio de colaboración entre Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística y el Instituto Nacional de Estadística para la realización del censo agrario 2020, en el ámbito territorial de la CAPV.
Habiéndose suscrito por el Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del convenio de colaboración entre Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística y el Instituto Nacional de Estadística para la realización del censo agrario 2020, en el ámbito territorial de la CAPV, que figura como Anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 29 de octubre de 2020. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 89/2020, DE 29 DE OCTUBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO. CONVENIO ENTRE EL INSTITUTO NACIONAL DE ESTADÍSTICA Y EUSKAL ESTATISTIKA ERAKUNDEA/INSTITUTO VASCO DE ESTADÍSTICA PARA LA REALIZACIÓN DEL CENSO AGRARIO 2020, EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE PAÍS VASCO. REUNIDOS De una parte D. Juan Manuel Rodríguez Poo, Presidente del Instituto Nacional de Estadística nombrado mediante Real Decreto 1325/2018, de 22 de octubre, en nombre y representación del citado Instituto, en el ejercicio de las competencias atribuidas por el artículo 5.2 del Estatuto del Instituto Nacional de Estadística, aprobado mediante Real Decreto 508/2001, de 11 de mayo y de acuerdo al artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. Y de otra parte, D. Josu Mirena Iradi Arrieta, Director General del Euskal Estatistika Erakundea/Instituto Vasco de Estadística (en adelante, Eustat), en nombre del citado Organismo, según las atribuciones que le asigna La Ley 4/1986, de 23 de abril, de Estadística de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en virtud de la autorización otorgada por el Consejo de Gobierno en su sesión de 21 de julio de 2020. EXPONEN Que el Plan Estadístico Nacional 2017-2020, aprobado mediante Real Decreto 410/2016, de 31 de octubre, establece la responsabilidad del Instituto Nacional de Estadística (en adelante INE) de elaborar la operación estadística Censo Agrario 2020 a nivel estatal y el Plan Vasco de Estadística 2019-2022 aprobado por la Ley 8/2019 de 27 de junio, asigna a Eustat la obligación de realizar el Censo Agrario 2020 en el ámbito territorial de la C.A. de Euskadi. Que por primera vez el Censo Agrario 2020, en el marco del Reglamento (UE) 2018/1091 del Parlamento Europeo y del Consejo de 18 de julio de 2018 relativo a las estadísticas integradas sobre explotaciones agrícolas, se llevará a cabo a partir del uso masivo de registros administrativos, tanto para la confección del directorio censal como para la incorporación directa de la información registral evitando la recogida directa. En concreto, para aquellas explotaciones del directorio que soliciten ayudas de la Política Agraria Común (en adelante PAC), se utilizará de forma directa la información administrativa declarada. Que la existencia