BOPV nº 213 · 2020-10-28 · Gobernanza Pública y Autogobierno
RESOLUCIÓN 84/2020, de 22 de octubre, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto Vasco de Administración Pública y la Academia Vasca de Policía y Emergencias, en materia de formación.
Habiéndose suscrito por el organismo autónomo Instituto Vasco de Administración Pública-IVAP el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de cooperación suscrito entre el Instituto Vasco de Administración Pública-IVAP y la Academia Vasca de Policía y Emergencias y el Instituto Vasco de Administración Pública, en materia de formación, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 22 de octubre de 2020. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JON IÑAKI URBINA GARCÍA DE VICUÑA. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 84/2020, DE 22 DE OCTUBRE, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO EN MATERIA DE FORMACIÓN ENTRE EL ORGANISMO AUTÓNOMO ACADEMIA VAScA DE POLICÍA Y EMERGENCIAS Y EL INSTITUTO VASCO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA En Vitoria-Gasteiz, a 9 de septiembre de 2020. INTERVIENEN: De una parte, Malentxo Arruabarrena Julián, Directora General de la Academia Vasca de Policía y Emergencias, organismo autónomo de carácter administrativo, creado por Ley 15/2012, de 28 de junio, de Ordenación del Sistema de Seguridad Pública de Euskadi y adscrito al Departamento de Seguridad del Gobierno Vasco, que ejerce la representación del organismo autónomo, en base a lo dispuesto en el artículo 26.3 de la Ley 15/2012 ya mencionada. De otra parte, Maite Iruretagoiena Ibarguren, Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, Organismo Autónomo creado por Ley 16/1983, de 27 de julio, de Régimen Jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública y adscrito al Departamento de Gobernanza y Autogobierno del Gobierno Vasco, que ejerce la representación del Instituto en base a lo dispuesto en el artículo 12 de la misma Ley. Ambas partes comparecen en nombre y representación de las instituciones a las que, respectivamente, pertenecen y, de modo recíproco, se reconocen capacidad para formalizar el presente Convenio, estimando que una estrecha cooperación entre la Academia Vasca de Policía y Emergencias y el Instituto Vasco de Administración Pública puede proporcionar recíprocos beneficios en el cumplimiento de las funciones que en materia de formación ambas instituciones tienen encomendadas. Por lo que, EXPONEN: El Decreto 289/2010, de 9 de noviembre, aprobó el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias de 28 de octubre de 2010, sobre traspaso de funciones y servicios a la Comunidad Autónoma del País Vasco en materia de ejecución de la legislación laboral en el ámbito del trabajo, el empleo y la formación profesional para el empleo, que realiza el Servicio Público de Empleo Estatal, en los términos establecidos por el Real Decreto 1441/2010, de 5 de noviembre. La Ley 15/2012 establece lo siguiente respecto a la finalidad y objeto de la Academia, en el artículo 20, números 2 y 3. La finalidad de la Academia Vasca de Policía y Emergencias es crear las condiciones y me