BOPV nº 212 · 2020-10-27 · Educación
ORDEN de 13 de octubre de 2020, del Consejero de Educación, de modificación de la Orden de 21 de julio de 2020, por la que se regulan y convocan las ayudas nuevas y renovaciones para el Programa Posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor, correspondiente al curso 2020-2021.
La Orden de 21 de julio de 2020, de la Consejera de Educación, convocó las ayudas para el Programa Posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor, correspondiente al curso 2020-2021. Para la obtención de una ayuda es condición indispensable por parte de la persona solicitante realizar una entrevista personal y presencial ante un comité asesor específico en cada área de investigación. Debido a la situación actual de pandemia global existente y dada la evolución incierta del COVID-19, se modifica el artículo 28 de la Orden de la citada convocatoria. Por lo expuesto, en virtud de las facultades conferidas por la legislación vigente, RESUELVO : Primero Modificar el artículo 28.3 de la Orden de 21 de julio de 2020, de la Consejera de Educación, por la que se convocan ayudas nuevas y renovaciones para el Programa Posdoctoral de Perfeccionamiento de Personal Investigador Doctor, correspondiente al curso 2020-2021, quedando redactado de la siguiente forma: Artículo 28 Comités asesores específicos, criterios de evaluación y baremo. Los Comités asesores específicos evaluarán las solicitudes admitidas y emitirán un informe científico-técnico con las puntuaciones otorgadas a cada uno de los candidatos, de acuerdo a los siguientes criterios: Curriculum vitae de la persona solicitante. Máximo, 25 puntos. Programa de perfeccionamiento. Calidad, interés, coherencia y viabilidad del programa de perfeccionamiento propuesto para el periodo de 36 meses, y su relevancia para la mejora, especialización e internacionalización de la persona investigadora solicitante, así como para el grupo de investigación receptor durante el tercer año, y beneficios esperables para el sistema de investigación de la CAPV. Máximo, 25 puntos. Centro de desplazamiento y persona directora del proyecto de investigación en el extranjero. Prestigio que en el área del proyecto tenga el centro receptor e historial científico de la persona directora del proyecto. Máximo, 20 puntos. Centro de aplicación y persona directora del proyecto de investigación en la CAPV. Prestigio que en el área del proyecto tenga el centro de aplicación e historial científico de la persona directora del proyecto de investigación y del grupo. Máximo, 10 puntos. Entrevista personal. La entrevista, que deberá ser presencial, versará sobre la formación y el curriculum de la persona solicitante, el programa de perfeccionamiento y el proyecto de investigación o cualquier otro aspecto que estimen oportuno. Máximo, 20 puntos. En caso de que la situación epidemiológica consecuencia de la COVID-19 recomiende evitar la movilidad de las personas, teniendo en cuenta el impacto de esta medida en la realización de las entrevistas presenciales, la Dirección de Investigación establecerá, de acuerdo a las recomendaciones de las autoridades sanitarias, las instrucciones necesarias para llevar a cabo dichas entrevistas en formato no presencial. Estas instrucciones, que serán idénticas para todas las áreas a evaluar, se pu