BOPV nº 210 · 2020-10-26 · Desarrollo Económico, Sostenibilidad y Medio Ambiente

RESOLUCIÓN de 1 de octubre de 2020, del Director de Administración Ambiental, por la que se formula declaración ambiental estratégica del Plan Especial de Ordenación Urbana (PEOU) del ámbito de intervención urbanística «AIU ALT-6/Altzibar Mendebaldea en Oiartzun», del Plan General de Ordenación Urbana de Oiartzun (Gipuzkoa).

ANTECEDENTES DE HECHO Mediante Resolución de fecha de 8 de agosto de 2019, la Dirección de Administración Ambiental formuló el documento de alcance del estudio ambiental estratégico del Plan Especial de Ordenación Urbana referido al AIU ALT-6/Altzibar Mendebaldea en Oiartzun, en virtud de lo dispuesto tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero, general de protección del medio ambiente del País Vasco, como en la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. En orden a lo establecido en el artículo 21 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el Ayuntamiento de Oiartzun sometió a información pública el «Plan Especial de Ordenación Urbana del Área ALT-6 Altzibar Oeste» del barrio de Altzibar de Oiartzun, junto con el estudio ambiental estratégico, durante un plazo de 45 días, mediante anuncio en el Boletín Oficial de Gipuzkoa n.º 26 de fecha de 10 de febrero de 2020, a fin de que quienes se considerasen afectados pudieran alegar lo que estimasen oportuno en defensa de sus intereses. Una vez culminado el trámite de información pública, el Ayuntamiento de Oiartzun certifica que no se han recibido alegaciones. Simultáneamente al trámite de información pública y en cumplimiento del artículo 22 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, el Ayuntamiento de Oiartzun consultó a las administraciones públicas afectadas y a las personas interesadas que habían sido previamente consultadas de conformidad con el artículo 19 de la norma, dando un plazo de 45 días para la emisión de los informes y alegaciones que se estimaran pertinentes, con el resultado que obra en el expediente. Con fecha 24 de abril de 2019, el Ayuntamiento de Oiartzun ha completado la solicitud de declaración ambiental estratégica del Plan Especial de Ordenación Urbana (PEOU) del ámbito de intervención urbanística «AIU ALT-6 / Altzibar-Mendebaldea» del Plan General De Ordenación Urbana de Oiartzun (Gipuzkoa), de conformidad con lo dispuesto, tanto en la Ley 3/1998, de 27 de febrero y la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, como en el Decreto 211/2012, de 16 de octubre, por el que se regula el procedimiento de evaluación ambiental estratégica de planes y programas. La solicitud se acompaña de la siguiente documentación: Propuesta final del Plan (Plan Especial de Ordenación Urbana (PEOU) del ámbito de intervención urbanística «AIU ALT-6 / Altzibar-Mendebaldea» del Plan General De Ordenación Urbana de Oiartzun (Gipuzkoa)), en adelante el Plan, fechada en julio de 2020. Estudio ambiental Estratégico del Plan Especial de Ordenación Urbana del Área de Intervención Urbanística «ALT-6 / Altzibar Mendebaldea» PGOU de Oiartzun, en adelante EsAE, fechado en septiembre de 2019. Diversos documentos descriptivos del resultado de la información pública y de la audiencia. Resumen de la integración de los aspectos ambientales, del EsAE y de las consultas, en la propuesta final del Plan. FUNDAMENTOS DE DERECHO De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambien

Publicación oficial en euskadi.eus

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