BOPV nº 205 · 2020-10-19 · Economía y Hacienda
DECRETO 229/2020, de 13 de octubre, por el que se autoriza a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial la toma de participación en la ampliación de capital de la sociedad Centro de Desarrollo Empresarial de la Margen Izquierda - Ezkerraldea Enpresak Garatzeko Zentroa, S.A. y se autoriza la modificación del artículo 5 de los estatutos sociales de dicha sociedad.
Con fecha 18 de marzo de 2020, la Junta General Extraordinaria y Universal de la sociedad Centro de Desarrollo Empresarial de la Margen Izquierda Ezkerraldea Enpresak Garatzeko Zentroa, S.A., acordó ampliar el capital social, actualmente fijado en 2.790.811,80 euros, dividido en 552.636 acciones de 5,05 euros de valor nominal cada una de ellas, mediante la elevación del valor nominal de todas las acciones existentes en 0,45 euros, resultando un valor nominal de 5,50 euros por cada acción. El Consejo de Administración de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial acordó en su reunión del día 22 de junio de 2020 dirigirse al Gobierno Vasco para que, en virtud de la letra c) del apartado 5 de la Disposición Adicional Decimotercera de la Ley 5/2017, de 22 de diciembre, por la que se aprueban los presupuestos de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2018, conceda autorización a SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial, para participar en la ampliación de capital de la sociedad Centro de Desarrollo Empresarial de la Margen Izquierda Ezkerraldea Enpresak Garatzeko Zentroa, S.A por un importe total de 124.343,10 euros, equivalente al 50 % de la misma. Tras esta operación, la participación de SPRI-Agencia Vasca de Desarrollo Empresarial en esta empresa será del 50 %. El artículo 110.1 del Decreto Legislativo 2/2007, de 6 de noviembre, de aprobación del Texto Refundido de la Ley del Patrimonio de Euskadi, establece que la adquisición de bienes y derechos integrantes del patrimonio empresarial requiere autorización previa del Consejo de Gobierno, por decreto, a propuesta conjunta del consejero o consejera competente en materia de patrimonio y del consejero o consejera del departamento al que, directamente o a través de un ente instrumental, se encuentre o vaya a encontrarse vinculada la sociedad. El decreto será publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, sin perjuicio de su eficacia desde la fecha en que se dicte. El decreto que autorice la adquisición de valores representativos de capital, salvo que se trate de adquisición a título gratuito, indicará necesariamente el objeto social y el porcentaje de participación, directa o indirecta, que tendrá la Comunidad Autónoma en la sociedad. El objeto social de la sociedad Centro de Desarrollo Empresarial de la Margen Izquierda Ezkerraldea Enpresak Garatzeko Zentroa, S.A. es estimular y promover la creación y potenciación de nuevas actividades empresariales, detectando personas emprendedoras, gestionando la explotación de edificios mediante fórmulas de arriendo y seleccionando e invitando a empresas candidatas a implantarse en ellos, empresas que tendrán una elevada componente innovadora, medioambiental o significativa creación de empleo, llevando a cabo la promoción de locales y servicios, así como el desarrollo de actividades para favorecer a la innovación y la transferencia de tecnología, la correcta gestión ambiental y la creación de puestos de trabajo, y realizando cuantas actividades