BOPV nº 201 · 2020-10-13 · Educación

ORDEN de 29 de septiembre de 2020, del Consejero de Educación, por la que se convocan subvenciones a centros de enseñanzas musicales de titularidad municipal.

Las enseñanzas musicales son el principal referente de las enseñanzas artísticas en Euskadi. Tradicionalmente han suscitado especial atractivo en la ciudadanía y por ello las Administraciones locales las ofertan. Por su importancia social, por el esfuerzo municipal, y para promover la formación de la ciudadanía, la administración educativa, se ha dedicado a gestionar los recursos para su ordenación, planificación y financiación. El presupuesto para estas enseñanzas pretende respaldar un proceso de normalización en el País Vasco, tanto en lo referido a su distribución espacial como al equilibrio de las enseñanzas, sus niveles y especialidades impartidas. En los centros de enseñanzas musicales, la finalidad es ofrecer una formación práctica en música y danza de raíz tradicional, y orientar y preparar para los estudios profesionales a quienes lo deseen. Los conservatorios y los centros autorizados ofrecen enseñanza reglada, y las escuelas de música enseñanza no reglada. Esta Orden, tiene como objetivo contribuir al sostenimiento de estos centros, acercando la financiación del Departamento de Educación al porcentaje previsto (Ley 2/2016, de 7 de abril, de Instituciones Locales de Euskadi). Estas ayudas se enmarcan en el Plan estratégico de Subvenciones del Departamento de Educación para 2020, aprobado por Orden de la Consejera de Educación el 3 de marzo de 2020, publicado en la página web del Departamento de Educación, en el que se incluye continuar el proceso de financiación de las enseñanzas regladas y no regladas de música ofertadas por las administraciones locales. Dentro de la normativa de la UE sobre las ayudas de estado a la cultura, el 1 de julio de 2014 entró en vigor el Reglamento (UE) n.º 651/2014, de 17 de junio de 2014, por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108 del Tratado (DO, L 187, de 26-06-2014), en adelante Reglamento general de exención n.º 651/2014. En el artículo 53 de dicho Reglamento se contempla como categoría exenta de la obligación de notificación las ayudas a la cultura y la conservación del patrimonio que incluyen, en su apartado 3, las ayudas de funcionamiento. Es por ello que las subvenciones reguladas en esta Orden se acogerán al Reglamento general de exención (n.º 651/2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los artículos 107 y 108). Por todo lo cual, y en cumplimiento de lo previsto en la Ley 13/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020, donde se asignan las partidas presupuestarias para ayudas a centros municipales de enseñanzas musicales, RESUELVO : Artículo 1 Objeto de la convocatoria. Convocar subvenciones para los conservatorios de titularidad municipal regulados por el Decreto 229/2007, de 11 de diciembre y escuelas de música municipales reguladas por el Dec

Publicación oficial en euskadi.eus

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