BOPV nº 198 · 2020-10-07 · Igualdad, Justicia y Políticas Sociales
RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2020, de la Directora de Víctimas y Derechos Humanos, por la que se convoca el Premio «René Cassin» 2020.
El Decreto 427/2013, de 16 de octubre, regula el Premio «René Cassin» de Derechos Humanos, cuya finalidad es reconocer públicamente la actuación destacada, en el ámbito de los Derechos Humanos, de aquellas personas o colectivos que, con su trayectoria personal o profesional, dan testimonio de su compromiso en la promoción, defensa y divulgación de los Derechos Humanos. El artículo 3 del mencionado Decreto prevé que, anualmente, mediante Resolución de la persona titular de la Dirección competente en materia de Derechos Humanos, se procederá a convocar el Premio y que dicha convocatoria establecerá la cantidad dineraria que conlleva el Premio, así como el plazo y lugar de presentación de las candidaturas. Asimismo, el artículo 6.1 del precitado Decreto establece que para la elección de la persona o personas merecedoras del Premio se constituirá un Jurado, compuesto por 9 personas de reconocido prestigio vinculadas con los Derechos Humanos, que serán designadas mediante Resolución de la persona titular de la Dirección competente en materia de Derechos Humanos. Por todo ello, en el ejercicio 2020, corresponde a la Directora de Víctimas y Derechos Humanos realizar la convocatoria del Premio y designar a las personas que compondrán el Jurado. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. El objeto de la presente Resolución es convocar el Premio «René Cassin» para 2020. Artículo 2 Cantidad dineraria. La cantidad dineraria que conlleva el Premio es de 12.000 euros. Artículo 3 Tramitación presencial o electrónica. Las personas jurídicas interesadas en presentar candidaturas, deberán consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando medios electrónicos. Las personas físicas interesadas en presentar candidaturas, podrán emplear el canal presencial o electrónico. La utilización de cualquiera de estos canales, no obliga a su utilización en los sucesivos trámites del procedimiento, pudiendo modificarse en cualquier momento. Las especificaciones sobre cómo presentar las candidaturas, están disponibles en la siguiente sede electrónica de euskadi.eus: https://www.euskadi.eus/servicios/0027005 Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizarán a través de http://www.euskadi.eus/mi-carpeta Artículo 4 Plazo, presentación y formalización de las candidaturas. El plazo de presentación de candidaturas será de un mes, a contar desde el día siguiente al de la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Las candidaturas que se presenten por medios electrónicos, se hará accediendo a la citada sede electrónica de euskadi.eus. La presentación de candidaturas por medios presenciales, podrá realizarse en cualquiera de los lugares fijados en el artículo 16.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. Artículo 5 Candidaturas y documentación requerida. La candidatura, dirigida a la Directora de Víctimas y Derechos Humanos, se cumplimentará en e