BOPV nº 192 · 2020-09-29 · Cultura y Política Lingüística
RESOLUCIÓN de 16 de septiembre de 2020, del Director de HABE, por la que se convocan subvenciones dirigidas a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el curso 2020-2021, y se regulan las condiciones y el procedimiento para su concesión.
El Decreto 179/2003, de 22 de julio, que regula la actividad de los euskaltegis y demás centros homologados que imparten la enseñanza del euskera a adultos, y de su financiación por la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi, establece en el artículo 16 que HABE colaborará, dentro de sus disponibilidades presupuestarias, en la financiación de los euskaltegis y centros homologados de autoaprendizaje de euskera inscritos en el Registro, por su labor de euskaldunización de personas adultas. A tal efecto, se dispone que el Director General de HABE realizará, cada curso académico, convocatorias de ayudas económicas. En tal sentido, la Orden de 31 de enero de 2018, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se aprueba el Plan Estratégico de Subvenciones para el período 2018-2020, prevé en el objetivo 7 del ámbito de actuación de Política Lingüística el fomento de la euskaldunización de personas adultas dentro de la acción «47130 subvenciones dirigidas a los euskaltegis públicos de titularidad municipal». En desarrollo de dicho Plan, el Consejero de Cultura y Política Lingüística, mediante Orden del 30 de enero de 2020, aprobó el Plan Anual de Subvenciones para el año 2020, en el que se incluyen las previstas en la presente convocatoria. Procede, por tanto, realizar la convocatoria dirigida a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el curso 2020-2021, establecer los módulos de financiación a aplicar para el curso 2020-2021, y regular las condiciones y el procedimiento para la concesión de dichas ayudas. Por todo ello, en virtud de las facultades reconocidas por las mencionadas disposiciones y por el Decreto 34/1996, de 13 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica de HABE, y de conformidad con lo regulado por el Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado mediante Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, y por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones (en adelante LGS) y por su Reglamento aprobado mediante Real Decreto 887/2003, de 21 de julio, RESUELVO : Primero Convocar las subvenciones dirigidas a los euskaltegis de los ayuntamientos o de las entidades de ellos dependientes, euskaltegis públicos de titularidad municipal, para el curso 2020-2021, conforme al procedimiento y a las condiciones previstas en las bases reguladoras contenidas en los Anexos I y II de la presente Resolución, y a los formularios recogidos en su Anexo III. Segundo Comunicar a las personas interesadas que contra la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, podrán interponer recurso de alzada ante el Consejero de Cultura y Política Lingüística, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En San Sebastián, a 16 de septiembre de 2020. El Director de HABE, JOKIN AZKUE ARRASTOA. ANEXO I Base 1. Obj