BOPV nº 192 · 2020-09-29 · Educación
ORDEN de 22 de septiembre de 2020, del Consejero de Educación, por la que se hace pública la convocatoria de ayudas a los centros privados o de iniciativa social que deseen liberar a profesores/as para participar, durante el año 2020, en cursos de euskera del programa Irale a impartir dentro del horario lectivo.
A tenor de lo expresado en el artículo tercero de la Orden de 28 de enero de 1994, del Consejero de Educación, Universidades e Investigación, que regula el programa de Capacitación Idiomática del Profesorado (Irale) (BOPV, 11-02-1994) el programa Irale está destinado al profesorado que ejerce la docencia en centros no universitarios, públicos o privados de la Comunidad Autónoma del País Vasco. La Viceconsejería de Educación tiene publicada la orden de convocatoria para los cursos 2019-2020 en formato electrónico en la página web del Departamento (www.hezkuntza.ejgv.euskadi.eus/euskera), en los que se ofrece la opción a los/as profesores/as de los centros privados a participar en los cursos a impartir dentro del horario lectivo. Por todo ello, de conformidad con lo establecido en las disposiciones contenidas en el Título VI del Texto Refundido de la Ley de Principios Ordenadores de la Hacienda General del País Vasco, aprobado por Decreto Legislativo 1/1997, de 11 de noviembre, referente a la regulación de las subvenciones en el ámbito de la Administración Pública de la Comunidad Autónoma de Euskadi, con arreglo a la normativa básica establecida Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, el Reglamento que la desarrolla y demás disposiciones aplicables a las ayudas y subvenciones y aplicándose los recursos económicos disponibles con arreglo a los criterios establecidos en la presente Orden. DISPONGO : Artículo 1 Objeto de la convocatoria. La presente Orden tiene por objeto la convocatoria de ayudas destinadas a los centros privados o de iniciativa social, cuyos profesores/as hayan participado, durante el año 2020, en cursos de euskera del programa Irale impartidos dentro del horario lectivo, con el fin de subvencionar los gastos derivados de la sustitución de los/as mismos/as. Para ello será destinada una partida de 524.068,02 euros de los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma del País Vasco para el año 2020. El programa de ayudas se desarrollará en una fase y se hará pública mediante resolución. Artículo 2 Participantes. Podrán tomar parte en la presente convocatoria los centros privados o de iniciativa social que, a) Durante el año 2020 (enero-junio) hayan tenido uno/a o más profesores/as candidatos/as liberados/as o aceptados/as a liberar por la Administración Educativa para la realización de cursos a impartir dentro del horario lectivo. b) Hayan dado o den su conformidad, a través del correspondiente director/a del centro, para la liberación de dichos/as cursillistas. Artículo 3 Requisitos de participación para centros. Los centros participantes podrán solicitar subvención, en el caso de que uno/a o más profesores/as de los mismos haya solicitado dentro del plazo establecido la participación en alguno de los cursos a impartir dentro del horario lectivo. Además, los centros privados o de iniciativa social que participen en la presente convocatoria han de cumplir los siguientes requisitos: a) La concesión y, en su caso, el