BOPV nº 192 · 2020-09-29 · Educación

ORDEN de 16 de septiembre de 2020, del Consejero de Educación, por la que se resuelve la modificación de la planificación para los cursos escolares 2020-2021 y 2021-2022 y la concertación para el curso escolar 2020-2021.

La Orden de 27 de abril de 2016, de la Consejera de Educación, Política Lingüística y Cultura convoca la renovación de los conciertos educativos y la suscripción de nuevos conciertos para los cursos escolares comprendidos entre 2016-2017 y 2021-2022, así como la determinación de las unidades a concertar para el curso escolar 2016-2017. Mediante Resolución de 7 de octubre de 2019 de la Viceconsejera de Administración y Servicios se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes para la modificación de la planificación y suscripción de nuevos conciertos para los cursos escolares comprendidos entre el 2020-2021 y el 2021-2022. La Orden de 13 de marzo de 2020, de la Consejera de Educación resuelve la modificación de la planificación y suscripción de nuevos conciertos para los cursos escolares 2020-2021 y 2021-2022. Mediante Resolución de 6 de febrero de 2020 de la Viceconsejera de Administración y Servicios se procede a la apertura del plazo de presentación de solicitudes para la determinación de las unidades a concertar para el curso escolar 2020-2021. Mediante la Orden de 27 de mayo de 2020, de la Consejera de Educación, se modifica la Orden por la que se convoca la renovación de los conciertos educativos y la suscripción de nuevos conciertos para los cursos escolares comprendidos entre 2016-2017 y 2021-2022, así como la determinación de las unidades a concertar para el curso escolar 2016-2017 y se procede a la apertura de un nuevo plazo de presentación de solicitudes tanto para la modificación de la planificación de los cursos escolares 2020-2021 y 2021-2022 como para la concertación del curso 2020-2021. Examinadas las solicitudes presentadas por los centros docentes, y realizadas las correspondientes propuestas en las diferentes enseñanzas, RESUELVO : Artículo 1 Aprobar la modificación de la planificación de los centros docentes concertados para los cursos escolares 2020-2021 y 2021-2022 con determinación del número de unidades por ciclo formativo, de acuerdo al Anexo I. Artículo 2 Aprobar la concertación para el curso escolar 2020-2021 por ciclo formativo, con determinación de la cuantía, número de unidades, modelo lingüístico y régimen de concertación que se especifican en el Anexo II a esta Orden. Artículo 3 Denegar el concierto educativo a los centros que se relacionan en el Anexo III a esta Orden con indicación del motivo de la denegación. Artículo 4 De acuerdo con lo establecido en los artículos 32 y 33 del Decreto 293/87, de 8 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de Conciertos Educativos los centros con conciertos plenos no podrán percibir del alumnado cantidad alguna en concepto de enseñanza. Artículo 5 Los importes recogidos en el Anexo están calculados en base a los módulos económicos de sostenimiento de los centros educativos concertados recogidos en la Ley 13/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020, actualizados

Publicación oficial en euskadi.eus

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