BOPV nº 178 · 2020-09-09 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo

RESOLUCIÓN de 30 de julio de 2020, del Viceconsejero de Formación Profesional y del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se convoca el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por la experiencia laboral o vías no formales de formación para el año 2020.

El Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, establece el procedimiento único, tanto para el ámbito educativo como para el laboral, que debe aplicarse para la evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, así como los efectos de esa evaluación y acreditación de competencias, del que trata el artículo 8 apartado 2 de la Ley Orgánica 5/2002, de 19 de julio, de las Cualificaciones y de la Formación Profesional. El citado Real Decreto es el marco legal básico en todo el territorio del Estado para el desarrollo de dicho procedimiento. El Decreto 211/2015, de 10 de noviembre, de los Departamentos de Educación, Política Lingüística y Cultura y del de Empleo y Políticas Sociales, por el que se establece en la Comunidad Autónoma del País Vasco la organización y el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, establece en su artículo 3 la estructura organizativa del procedimiento y en los artículo 4 y 5 las funciones y la participación del Consejo Vasco de Formación Profesional y del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo. Este procedimiento posibilita a trabajadores y trabajadoras la acreditación de las competencias profesionales que han adquirido a través de su experiencia laboral o por vías no formales de formación, facilitándoles así que puedan mejorar su nivel de cualificación y continuar con su formación. Todo ello contribuye a mejorar la capacitación profesional de las personas y su empleabilidad y, por tanto, a reforzar la cohesión social y económica. La presente convocatoria será financiada por los Departamentos de Empleo y Políticas Sociales y de Educación, y, en su caso, con fondos del Ministerio de Educación y Formación Profesional y cofinanciada por el Fondo Social Europeo, en el marco de las actuaciones destinadas a la evaluación y acreditación de las competencias profesionales. En el proceso de elaboración de esta resolución se ha informado al Consejo Vasco de Formación Profesional. En su virtud, RESOLVEMOS: Artículo 1 Objeto y plazas convocadas. Es objeto de la presente Resolución la convocatoria del procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales de carácter abierto, para las unidades de competencia que se relacionan en el Anexo I, de acuerdo con el Decreto 211/2015 de 10 de noviembre, por el que se establece, en la Comunidad Autónoma del País Vasco, la organización y el procedimiento de evaluación y acreditación de las competencias profesionales adquiridas, a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación. Se reservará un 10% de las plazas convocadas para cada título o certificado de profesionalidad, a las personas que tengan reconocido un grado de discapacida

Publicación oficial en euskadi.eus

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