BOPV nº 171 · 2020-09-01 · Trabajo y Justicia
ORDEN de 31 de julio de 2020, de la Consejera de Trabajo y Justicia, por la que se realiza para el año 2020, la convocatoria de las ayudas previstas en el Decreto 191/2003, de 29 de julio, por el que se regula la concesión de subvenciones a las asociaciones empresariales y a organizaciones sindicales para el desarrollo de planes formativos dirigidos a mejorar la cualificación de sus recursos humanos en temas propios de sus ámbitos de actividad.
El Decreto 191/2003, de 29 de julio, por el que se regula la concesión de subvenciones a asociaciones empresariales y a organizaciones sindicales para el desarrollo de planes formativos dirigidos a mejorar la cualificación de sus recursos humanos en temas propios de sus ámbitos de actividad, publicado en el Boletín Oficial del País Vasco num. 169, de 1 de septiembre de 2003, tiene por objeto dar continuidad a las medidas de apoyo para la realización de actividades de carácter formativo dentro de los fines propios de organizaciones empresariales y sindicales iniciadas por el Departamento de Empleo y Políticas Sociales en el año 1996, con el Decreto 244/1996, de 29 de octubre. Mediante el mismo se establece un sistema de financiación pública dirigido a impulsar el fortalecimiento, la integración y la coherencia de los programas internos de formación de las organizaciones empresariales y sindicales, de cara a convertirlas en instrumentos idóneos para la cualificación de sus cuadros y personal, fomentando de este modo su contribución a la necesaria mejora de la situación sociolaboral. La citada norma subvencional tiene vigencia indefinida, si bien su artículo 9.3 establece que mediante Orden del/la Consejero/a de Justicia, Empleo y Seguridad Social, se realizará anualmente la convocatoria de las ayudas previstas en dicho Decreto, con expresión del plazo de presentación de las solicitudes y de la cuantía global máxima que vaya a destinarse a la financiación de las mismas, repartida entre las dos categorías de entidades beneficiarias. La presente convocatoria se ha visto condicionada por la situación de emergencia de salud pública ocasionada por el COVID-19. La Organización Mundial de la Salud elevo el 11 de marzo de 2020 la situación al nivel de pandemia internacional y a ello, se unieron otras alertas sanitarias a nivel territorial que han evidenciado la necesidad de adoptar medidas extraordinarias y urgentes que ayuden a la contención de la expansión del virus, a fin de poder responder con inmediatez a las diferentes situaciones de emergencia. En el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma para la gestión de la situación de la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19, ha limitado, desde el mismo día 14 de marzo de 2020, la libertad de circulación de las personas, y ha implantado medidas de contención en el ámbito educativo y de la formación, así como en el ámbito de la actividad comercial, equipamientos culturales, establecimientos y actividades recreativos, actividades de hostelería y restauración y otras adicionales. Las limitaciones a la movilidad de las personas, las restricciones en las actividades educativas y formativas y en las actividades económicas, y la obligación de cumplir con las recomendaciones sanitarias para evitar los contagios, especialmente el distanciamiento social, han obligado a los agentes sociales a generalizar prácticas y formas de des