BOPV nº 165 · 2020-08-24 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 22 de julio de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y se convoca la concesión de subvenciones para la promoción de la lectura y el uso de los servicios de las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi en el año 2020.

Por Ley 11/2007, de 26 de octubre, de Bibliotecas de Euskadi, se crea la Red de Lectura Pública de Euskadi, a la que corresponde, entre otras funciones, el establecimiento de programas de ayudas y servicios a las Bibliotecas, principalmente para la organización de redes informáticas, campañas de fomento de la lectura y uso de las bibliotecas y dotación de fondos, o de otra naturaleza. Asimismo, el Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, en su artículo 14.1.c) encomienda al Departamento de Cultura y Política Lingüística la competencia en materia de bibliotecas. Por otra parte, el Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística, determina que es competencia del Servicio de Bibliotecas desarrollar y acometer las funciones para la planificación, funcionamiento y coordinación del sistema bibliotecario de Euskadi, así como el diseño de las medidas de promoción de la lectura. En este sentido, y en el convencimiento de que la afición a los libros y el hábito de utilizar las bibliotecas se adquieren más fácilmente durante la infancia y la juventud, el Departamento de Cultura y Política Lingüística considera prioritario atender especialmente las necesidades de este tipo de población. Además, la presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento para el período 2018-2020, aprobado mediante Orden de 31 de enero de 2020 del Consejero de Cultura y Política Lingüística. En su virtud, RESUELVO : Artículo 1 Objeto. La presente Orden regula, para el ejercicio 2020, la concesión de subvenciones para la promoción de la lectura y el uso de los servicios de las bibliotecas integradas en la Red de Lectura Pública de Euskadi. Artículo 2 Recursos económicos. Las subvenciones reguladas en la presente Orden se otorgarán por un importe global máximo de 330.000,00 euros, con cargo a los Presupuestos Generales en vigor de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Artículo 3 Tramitación. Las entidades interesadas deberán solicitar, consultar y realizar todos los trámites de este procedimiento utilizando exclusivamente medios electrónicos. Las especificaciones de cómo tramitar las solicitudes, declaraciones responsables, y demás modelos están disponibles en la siguiente sede electrónica: www.euskadi.eus/servicios/0038306 Los trámites posteriores a la solicitud, por canal electrónico, se realizan a través de www.euskadi.eus/micarpeta Artículo 4 Requisitos para obtener la condición de entidad beneficiaria. Podrán acogerse a las ayudas establecidas en la presente Orden, los ayuntamientos de la Comunidad Autónoma de Euskadi titulares de biblioteca/s pública/s, las entidades locales competentes, así como las entidades municipales entendiéndose como tales las coincident

Publicación oficial en euskadi.eus

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