BOPV nº 158 · 2020-08-13 · Trabajo y Justicia
ORDEN de 28 de julio de 2020, de la Consejera de Trabajo y Justicia, por la que se convocan y regulan ayudas dirigidas a la consolidación de estructuras asociativas de las empresas y entidades de economía social de la Comunidad Autónoma de Euskadi.
El Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Trabajo y Justicia para el ejercicio 2020, tras la modificación y adecuación recogida en la Orden de la Consejera de Trabajo y Justicia de 13 de mayo de 2020, mantiene la dotación presupuestaria del ejercicio anterior para la presenta convocatoria. Teniendo en cuenta la modificación efectuada por la Dirección de Economía Social en el diseño de sus programas subvencionales por el impacto del COVID-19, el mantenimiento de los recursos económicos para la presente Orden denota la importancia que alcanza la presente Orden en la estrategia de la Dirección. En definitiva, se mantiene el compromiso de dar cumplimiento a lo recogido en los Presupuestos Generales de Euskadi para el presente año, que explícitamente recoge el objetivo prioritario de apoyo a las estructuras asociativas de la economía social, del trabajo autónomo, de los centros especiales de empleo y de la economía solidaria. En su virtud, habiéndose aprobado Ley 13/2019, de 27 de diciembre, por la que se aprueban los Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para el ejercicio 2020, comprobada la existencia de crédito presupuestario suficiente para financiar la convocatoria y oído el Consejo Superior de Cooperativas de Euskadi, de acuerdo a las competencias que me atribuye el Decreto 84/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia, RESUELVO : CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES Artículo 1 Objeto. La presente Orden tiene por objeto la regulación de las ayudas que el Gobierno Vasco, a través del Departamento de Trabajo y Justicia, podrá otorgar para la consolidación, durante el ejercicio 2020, de las estructuras asociativas de empresas y entidades de economía social de ámbito de la Comunidad Autónoma del País Vasco que, contando con personalidad jurídica propia, asocien, para la representación y defensa de sus intereses comunes, a: a) Sociedades laborales y cooperativas de trabajo asociado. b) Cooperativas distintas de las de trabajo asociado, entidades asociativas de carácter confederal y organizaciones de integración de entidades de economía social. c) Entidades asociativas de la economía solidaria y asociaciones de los centros especiales de empleo. d) Organizaciones intersectoriales de trabajadores autónomos que tengan al menos dos años de antigüedad. A los efectos de la presente Orden, se entiende por estructuras asociativas de sociedades cooperativas a que se refieren los supuestos de las letras a) y b) anteriores, aquellas entidades asociativas de cooperativas a que se refiere el artículo 164 de la Ley 11/2019, de 20 de diciembre, de Cooperativas de Euskadi. Así mismo, podrán acogerse a la presente Orden de ayudas, las entidades asociativas que se hayan constituido y registrado con la finalidad de la defensa y promoción como cooperativas, de sus asociados; de conformidad con el artículo 163.1 de la mencionada Ley 11/2019. En el caso de que dich