BOPV nº 154 · 2020-08-07 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 67/2020, de 21 de julio, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio suscrito entre el Fondo Español de Garantía Agraria y la Comunidad Autónoma del País Vasco, por el que se encomienda a esta la gestión de determinadas actuaciones de intervención pública.

Habiéndose suscrito por la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio suscrito entre el Fondo Español de Garantía Agraria y la Comunidad Autónoma del País Vasco por el que se encomienda a esta la gestión de determinadas actuaciones de intervención pública, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 21 de julio de 2020. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 67/2020, DE 21 DE JULIO, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO MODELO NORMALIZADO DE CONVENIO POR EL QUE SE FORMALIZA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL FONDO ESPAÑOL DE GARANTÍA AGRARIA, O.A. A LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO DE DETERMINADAS ACTUACIONES DE INTERVENCIÓN PÚBLICA En Madrid, a 13 de julio de 2020. REUNIDOS : De una parte, D. Miguel Ángel Riesgo Pablo, Presidente del Fondo Español de Garantía Agraria, O.A. (en adelante FEGA), organismo dependiente del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 767/2018, de 29 de junio («BOE» núm. 158, del 30). Actúa en el ejercicio de las facultades que le confiere el artículo 4.2.f del Estatuto del FEGA, aprobado por Real Decreto 1441/2001, de 21 de diciembre. Y de otra, Dña. María Aranzazu Tapia Otaegui, en representación de la Comunidad Autónoma del País Vasco (en adelante, la Comunidad Autónoma). Actúa en su condición de Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, cargo para el que fue nombrada por Decreto 27/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de nombramiento de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras (BOPV n.º 226 de 28 de noviembre de 2016); en el ejercicio de la facultad para celebrar convenios que le confiere el artículo 62 del Decreto 144/2017 del Servicio Jurídico del Gobierno Vasco, a través de autorización del Consejo de Gobierno emitido para tal efecto el 21 de abril de 2020. Ambas partes se reconocen la capacidad suficiente para firmar el presente convenio de encomienda de gestión y a tal efecto EXPONEN: Primero El Reglamento (UE) n.º 1308/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, por el que se crea la organización común de mercados de los productos agrarios, establece el régimen de intervención pública y la ayuda al almacenamiento privado de esos productos bajo la financiación de los Fondos Agrícolas Europeos. Dicho régimen se completa con el Reglamento Delegado (UE) n.º 2016/1238 y las disposiciones de aplicación contenidas en el Reglamento de Ejecución (UE) n.º 2016/1240, ambos dictados por la Comisión el 18 de mayo de 2016. Segundo Esa normativa establece para todos los Estados miembros de la Unión Europea las condiciones para la compra y venta en el marco de la intervención púb

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