BOPV nº 130 · 2020-07-03 · Salud

RESOLUCIÓN de 15 de junio de 2020, del Director de Salud Pública y Adicciones, por la que se acuerda la prórroga, hasta el 15 de julio de 2021, de la validez de los carnés de biocidas, niveles básico y cualificado, de aplicador de biocidas de uso ambiental y en la industria alimentaria.

El Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, por el que se establece la normativa reguladora de la capacitación para realizar tratamientos con biocidas (BOE número 170 de 14 de julio), regula los aspectos relativos a la formación y habilitación de los profesionales, con objeto de garantizar la protección de la salud mediante el establecimiento de criterios que permitan garantizar unos niveles mínimos de capacitación a las personas que desarrollen actividades laborales relacionadas con la aplicación de productos biocidas de uso ambiental, y en la industria alimentaria. El apartado 1.º de la Disposición Transitoria Primera del Real Decreto 830/2010, de 25 de junio, prorrogó la validez de los carnés de capacitación para realizar tratamientos con biocidas, niveles básico y cualificado para uso ambiental y en la industria alimentaria, durante un periodo transitorio de seis años y que finaliza el 14 de julio de 2016. La Disposición Transitoria Primera, en su apartado 3.º del citado Real Decreto 830/2010, faculta a las Comunidades Autónomas para prorrogar la validez de los actuales carnés, por un periodo determinado, más allá de la finalización del citado periodo transitorio que culmina el próximo 14-07-2016. Pues bien, de conformidad con dicha disposición, y con el fin de garantizar la coordinación de la aplicación homogénea en todo el territorio nacional, la Comisión Interterritorial de la Comisión de Salud Pública del Sistema Nacional de Salud en reunión de 15-02-2016 adoptó el acuerdo de prórroga, por un periodo de 4 años, de la validez de los mencionados carnés. La Resolución de 21 de junio de 2016, de la Directora de Salud Pública y Adicciones, por la que se acuerda la prórroga de la validez, por un periodo de cuatro años, de los carnés de aplicador de nivel básico y de aplicador de nivel cualificado de tratamientos biocidas de uso ambiental y en la industria alimentaria. El proceso para poner en marcha los mecanismos necesarios para la obtención de los Certificados de Profesionalidad, resultó ser más complejo de lo esperado, por lo que fue necesario acordar una prórroga adicional. Por acuerdo alcanzado en la Comisión de Salud Pública en su reunión de 10 de febrero de 2016, el plazo se prorrogaría por un periodo de 4 años contados a partir del día 15 de julio de 2016. Por lo tanto, este plazo está próximo a expirar. En previsión de la posible carencia de personal que se pueda producir en este sector, como consecuencia del aumento de la demanda de servicios por la crisis del coronavirus, la interrupción de los procesos formativos, y el hecho de que no se ha conseguido todavía la plena adaptación del sector a los requerimientos del Real Decreto 830/2010, se ha considerado conveniente elevar este problema a la Comisión de Salud Pública, que en su reunión de 14 de mayo de 2020, ha decidido acordar una prórroga adicional de la validez de los carnés hasta 15 de julio de 2021. Asimismo, la Dirección de Salud Pública y Adicciones aporta memoria justificativa

Publicación oficial en euskadi.eus

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