BOPV nº 121 · 2020-06-22 · Trabajo y Justicia
RESOLUCIÓN de 19 de mayo de 2020, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se dispone el registro, publicación y depósito del Convenio Colectivo de las Ikastolas de Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa, 2018-2019.
ANTECEDENTES Primero El día 24 de octubre de 2019 se ha presentado en REGCON, la documentación preceptiva referida al convenio antes citado, por el representante de la Comisión Negociadora. Segundo Se ha nombrado por los firmantes del citado Convenio, a la persona que ha de proceder a tramitar la solicitud de depósito, registro y publicación Tercero Con fecha 16 de diciembre de 2019 y 4 de febrero de 2020, se requirió su subsanación a la Comisión Negociadora, que fueron cumplimentadas en REGCON con fechas 13 de enero de 2020 y 9 de marzo de 2020, respectivamente. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero La competencia prevista en el Artículo 90.2 y 3 del Real Decreto Legislativo 2/2015, de 23 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto de los Trabajadores, corresponde a esta autoridad laboral de conformidad con el Artículo 9.1.i) del Decreto 84/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Trabajo y Justicia, en relación con el Decreto 9/2011, de 25 de enero, del registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos de trabajo del País Vasco, y el Real Decreto 713/2010, de 28 de mayo, sobre registro y depósito de convenios y acuerdos colectivos. Segundo El convenio ha sido suscrito de conformidad con los requisitos de los artículos 85, 87, 88, 89 y 90 de la referenciada Ley del Estatuto de los Trabajadores. En su virtud, RESUELVO : Primero Ordenar su inscripción y depósito en el Registro de Convenios Colectivos del País Vasco, con notificación a las partes. Segundo Disponer su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 19 de mayo de 2020. La Directora de Trabajo y Seguridad Social, MARÍA ELENA PÉREZ BARREDO. CONVENIO COLECTIVO DE LAS IKASTOLAS DE ARABA/ÁLAVA, BIZKAIA Y GIPUZKOA 2018-2019 TÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES CAPÍTULO I ÁMBITOS Artículo 1 Las relaciones laborales en las ikastolas se regirán por medio de convenio colectivo, ya sea el actual o prorrogado u otro revisado. Artículo 2 Ámbito Territorial. - El presente Convenio será de aplicación en las Ikastolas radicadas en la circunscripción territorial actual de la Comunidad Autónoma del País Vasco, con un ámbito de actuación limitado a dicha porción del territorio nacional de Euskal Herria. Artículo 3 Ámbito Funcional. - Quedan afectados por este Convenio los Centros de enseñanza reconocidos como Ikastolas, cualesquiera que sea el carácter de la entidad titular si bien y en su caso será de aplicabilidad la disposición adicional II o la V del presente Convenio. Artículo 4 Ámbito Personal. - El presente Convenio afectará a todo el personal que preste sus servicios o haya prestado sus servicios por cuenta ajena en una ikastola a partir del 1 de enero de 2018. Queda excluido de este Convenio, el personal comprendido en los artículos 1 y 2 de la Ley 8/1.980 de 10 de marzo (Estatuto de los Trabajadores) y los que desempeñen labores de Director/Directora-Gerente, Administrador/Administrad