BOPV nº 105 · 2020-06-01 · Hacienda y Economía
ORDEN de 22 de mayo de 2020, de la Consejera de Educación y del Consejero de Hacienda y Economía, por la que se establece la composición de la Mesa de Contratación del Departamento de Educación.
La reestructuración de Departamentos del Gobierno Vasco, operada en virtud del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, hace necesaria la reconfiguración de la Mesa o Mesas de Contratación que asistan a los órganos de contratación del Departamento de Educación, adecuándolas al ámbito de las competencias que actualmente ostenta. Por otra parte, la Disposición Adicional Séptima del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre el régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, en vigor a partir del 1 de octubre de 2016, dispone que en el plazo de seis meses a partir de su entrada en vigor, las entidades del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi que tengan la consideración de Administraciones Públicas procederán a adecuar la estructura de las mesas de contratación a las previsiones del artículo 8 del citado Decreto. En su virtud, previo informe de la Junta Asesora de Contratación Pública, DISPONEMOS: Artículo 1 Los órganos de contratación del Departamento de Educación estarán asistidos en los procedimientos de adjudicación abierto, restringido y negociado con publicidad por una Mesa de Contratación, que ejercerá las funciones del artículo 9 del Decreto 116/2016, de 27 de julio, sobre régimen de la contratación del sector público de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y estará constituida por los siguientes miembros: a) Presidencia: Responsable del Área de Contratación del Departamento. En los casos de vacante, ausencia o enfermedad u otra causa legal, será sustituido, indistintamente, por el o la Responsable del Servicio de Gestión Económica Presupuestaria, el o la Responsable de Obras, Instalaciones y Mantenimiento, y/o el o la Responsable de Sistemas de Información. b) Vocales: Una persona en representación de la Dirección demandante de la contratación, propuesta por la persona titular de la misma y nombrada por el órgano de contratación. Una persona en representación de la Oficina de Control Económico, designada por la persona titular de la misma, con la función de control económico-presupuestario del órgano de contratación. Una persona en representación de la Dirección de Informática y Telecomunicaciones, propuesta por su titular y nombrada por el órgano de contratación, en los supuestos previstos en el Decreto 35/1997, de 18 de febrero, por el que se regula la planificación, organización, distribución de funciones y modalidades de gestión en materia de sistemas de información. Opcionalmente, y a petición del órgano de contratación, una persona en representación de la Dirección de Patrimonio y Contratación, propuesta por su titular y nombrada por el órgano de contratación. c) Secretaría-Vocalía de Asesoría Jurídica: un técnico o una técnica con título de Licenciado-a en Derecho, adscrito-a al Área de Contrata