BOPV nº 94 · 2020-05-19 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
DECRETO 57/2020, de 12 de mayo, de segunda modificación del Decreto por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras.
En el Boletín Oficial del País Vasco n.º 129, de 5 de julio de 2018, se publicó la Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco. Uno de los objetivos de la disposición, recogido en el artículo 1, es el de «Establecer la estructura y funcionamiento de la Administración portuaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco y crear el ente público de Derecho privado Euskadiko Kirol Portuak, responsable de la gestión de las infraestructuras portuarias de uso náutico-recreativo y las zonas de uso relacionadas con estas de Euskadi, tanto de los que el Gobierno le adscriba como de aquellos cuya gestión asuma en calidad de concesionario, y parte integrante de la Administración portuaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco.» Este objetivo alcanza su materialización en el artículo 23 que crea el ente público de derecho privado Euskadiko Kirol Portuak, con personalidad jurídica propia y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus funciones, adscrito al departamento del Gobierno Vasco competente en materia de puertos. Esta nueva estructura implica la realización de adecuaciones en la estructura orgánica del departamento competente en materia de puertos. Ya la propia Ley avanzó el camino de tal adecuación. El apartado 2 de la Disposición Adicional Segunda establece que «El Consejo de Gobierno, mediante decreto, aprobará la adecuación de las estructuras orgánicas de los departamentos de la Administración general que sean convenientes para asignar al ente público Euskadiko Kirol Portuak los medios personales necesarios para llevar a cabo los fines que la presente ley y, en su caso, su normativa de desarrollo le encomiendan». En este caso, el departamento afectado no es otro que el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructura que es en quien reside la competencia en materia de puertos tal y como dispone el artículo 7.1v) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos (BOPV n.º 226 de 28 de noviembre de 2016). Con el objetivo de adecuar la estructura del citado departamento se elabora el presente Decreto en el que se incluye, también, como consorcio perteneciente al sector público el Consorcio Científico-Tecnológico Vasco Basque Research and Technology Alliance creado mediante Convenio de colaboración suscrito entre la Administración General de la Comunidad Autónoma del País Vasco a través del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, SPRI Ente Público de Derecho Privado y diversos centros tecnológicos. Este convenio fue publicado en el Boletín Oficial del País Vasco, n.º 26, de fecha 6 de febrero de 2019 mediante Resolución 1/2019, de 24 de enero, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento. También, mediante Resolución de 56/2019, de 29 de julio, del Director de la Secre