BOPV nº 91 · 2020-05-15 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2020, del Delegado Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por el que se reconoce a Previtasa, S.L. (Previtek), como Entidad Reconocida para la Formación de Profesionales Autorizados en la especialidad de «Operador de grúa móvil portuaria autopropulsada, hasta 130 t, exclusivamente en labores de estiba y desestiba en recinto portuario».
N.º expediente: EXA/2019/001. ANTECEDENTES DE HECHO Uno. Previtasa, S.L. (Previtek), presentó ante la Delegación Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, solicitud para su reconocimiento como Entidad de Formación de Profesionales Autorizados, en la siguiente especialidad: Operador de grúa móvil portuaria autopropulsada, exclusivamente en labores de estiba y desestiba en recinto portuario, hasta 130 t, categoría A. Dos. Se acompaña la documentación justificativa del cumplimiento de los requisitos y condiciones previstos en el Capítulo V del Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial, presentada junto con la solicitud, en particular: Datos de identificación de la entidad: B20702502. Previtasa, S.L. (Previtek). Ubarburu (Ed. Enertic) n.º 39, local 1. 20014 Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa). Descripción de los recursos humanos de la entidad para la impartición de la acción formativa concreta para la que se hace esta solicitud. Especificación de los cursos a desarrollar, detallando temario, metodología, organización, gestión de las prácticas, y sistemas de evaluación previstos. Acuerdo de colaboración con las empresas estibadoras Sobrinos de Manuel Camara, S.A. y Estibadora Algeposa, S.A. para realizar la parte práctica de la formación en sus concesiones del recinto portuario y con su maquinaria. Tres. Dada la especificidad de la formación objeto de esta autorización, se hacen las siguientes consideraciones: El objetivo de esta formación es obtener el carnet de Operador de Grúa Móvil Portuaria autopropulsada hasta 130 t. Los cursos van dirigidos exclusivamente a trabajadores de las empresas de estiba y desestiba portuarias. Se basa en lo señalado para el carné categoría A, según RD 837/2003, por el que se aprueba el nuevo texto modificado y refundido de la Instrucción Técnica Complementaria «MIE-AEM-4» del Reglamento de aparatos de elevación y manutención, referente a grúas móviles autopropulsadas. En la memoria presentada se detalla que no se impartirá formación sobre conducción en montaña, ni sobre todoterreno, dado que no procede en este caso. En la memoria presentada se detalla la inclusión de contenidos teóricos y prácticos específicos de las maniobras que se realizan en estiba y desestiba en el recinto portuario. Cuatro. Los servicios técnicos de la Delegación Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructura han verificado el cumplimiento de los requisitos establecidos por el Decreto 63/2006, de 14 de marzo, por el que se regulan los carnés de cualificación individual y las empresas autorizadas en materia de seguridad industrial. En la resolución del expediente es necesario tener en cuenta y hacer referencia a los siguientes. FUNDAMENTOS JURÍDICOS Uno. El Delegado Territorial de Gipuzkoa del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras es el órg