BOPV nº 86 · 2020-05-08 · Empleo y Políticas Sociales
RESOLUCIÓN de 30 de abril de 2020, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de las medidas excepcionales para hacer frente al impacto del Covid-19 en materia de formación profesional para el empleo, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobadas por el Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo.
El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 30 de abril de 2020, ha aprobado medidas excepcionales para hacer frente al impacto del Covid-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, y de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de las medidas excepcionales para hacer frente al impacto del Covid-19 en materia de formación profesional para el empleo en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi, aprobadas por Acuerdo del Consejo de Administración de este organismo autónomo, adoptado en su sesión de 30 de abril de 2020, recogida como anexo a esta Resolución. Segundo Informar de que el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueban las medidas excepcionales surtirá efectos desde el día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco. Tercero Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueban las medidas excepcionales podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 30 de abril de 2020. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, Juan JosE Borja Belandia Fradejas. ANEXO MEDIDAS EXCEPCIONALES PARA HACER FRENTE AL IMPACTO DEL COVID-19 EN MATERIA DE FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN EL ÁMBITO DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DE EUSKADI El Covid-19 ha generado una situación de emergencia sanitaria, sin precedente, que ha obligado a las distintas Administraciones Públicas, a tomar medidas excepcionales en el ámbito sanitario, con el principal desafío de contenerlo, y evitar su propagación. El Gobierno Vasco, a través de la Mesa Interdepartamental para afrontar de manera coordinada la actuación del Gobierno Vasco ante el coronavirus Covid-19, creada el 27 de febrero, y los diferentes foros interinstitucionales, está realizando una monitorización continua, estableciendo las medidas, recomendaciones y obligaciones para limitar la propagación e incidencia del virus por Euskadi. Con fecha 12 de marzo de 2020, Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, siguiendo las recomendaciones sanitarias del Gobierno Vasco, toma un conjunto de medidas en materia de Formación Profesional para el Empleo, en relación con el Covid-19, cuyo efecto inmediato es la suspensión de toda la formación pres