BOPV nº 79 · 2020-04-27 · Gobernanza Pública y Autogobierno

RESOLUCIÓN 38/2020, de 21 de abril, del Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, por la que se dispone la publicación del Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) y el Consejo General del Poder Judicial.

Habiéndose suscrito por el organismo autónomo Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) el Convenio referenciado, y a los efectos de darle la publicidad debida, RESUELVO : Artículo único Publicar en el Boletín Oficial del País Vasco el texto del Convenio de colaboración suscrito entre el Instituto Vasco de Administración Pública (IVAP) y el Consejo General del Poder Judicial, que figura como anexo a la presente. En Vitoria-Gasteiz, a 21 de abril de 2020. El Director de la Secretaría del Gobierno y de Relaciones con el Parlamento, JUAN ANTONIO ARIETA-ARAUNABEÑA IBARZABAL. ANEXO A LA RESOLUCIÓN 38/2020, DE 21 DE ABRIL, DEL DIRECTOR DE LA SECRETARÍA DEL GOBIERNO Y DE RELACIONES CON EL PARLAMENTO CONVENIO DE COLABORACIÓN ENTRE EL CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL Y EL INSTIUTO VASCO DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA En Madrid, a 12 de marzo de 2020. REUNIDOS : De una parte, el Presidente del Tribunal Supremo y del Consejo General del Poder Judicial, Excmo. Sr. D. Carlos Lesmes Serrano, según Acuerdo (n.º 2) del Pleno del Consejo General del Poder Judicial de 9 de diciembre de 2013, Real Decreto 979/2013, de 10 de diciembre (BOE de 11 de diciembre de 2013), en ejercicio de las facultades que le atribuye el artículo 585 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. De otra parte, Maite Iruretagoiena Ibarguren, Directora del Instituto Vasco de Administración Pública, Organismo Autónomo creado por Ley 16/1983, de 27 de julio, de Régimen Jurídico del Instituto Vasco de Administración Pública y adscrito al Departamento de Gobernanza y Autogobierno del Gobierno Vasco. Ambas partes se reconocen con capacidad y legitimación suficiente en derecho para celebrar y firmar el presente Convenio de colaboración, y en su virtud, EXPONEN: Primero Que el artículo 122 de la Constitución Española establece que el Consejo General del Poder Judicial es el órgano de gobierno del mismo y será presidido por el Presidente del Tribunal Supremo. Asimismo, el artículo 104.2 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial (en adelante LOPJ), dispone que el gobierno del Poder Judicial corresponde al Consejo General del Poder Judicial, que ejerce sus competencias en todo el territorio nacional, y su Presidente, de conformidad con el artículo 105 de la propia LOPJ, es la primera autoridad judicial de la nación y ostenta la representación y gobierno del Poder Judicial. El Consejo General del Poder Judicial entre sus funciones constitucionales de gobierno del Poder Judicial, ostenta la exclusiva competencia en materia de formación inicial y continuada de Jueces y Magistrados en virtud de lo dispuesto en el artículo 560.1.7.ª de la LOPJ, para cuyo ejercicio, de acuerdo con lo previsto en el artículo 433bis.4 LOPJ, puede colaborar con entidades y organismos. Segundo Que el Instituto Vasco de Administración Pública tiene atribuidos, por la Ley 16/1983 que determinó su creación, entre otros, estos fines: a) La formación y perfeccionamiento de los funcionarios y

Publicación oficial en euskadi.eus

Buscar en todo el BOPV