BOPV nº 69 · 2020-04-08 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 16 de marzo de 2020, del Director de Infraestructuras del Transporte, por la que se delega en Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la aprobación de determinados proyectos constructivos.
La Dirección de Infraestructuras del Transporte es el órgano competente para la aprobación de los proyectos técnicos de las infraestructuras ferroviarias competencia de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco, de conformidad con lo establecido en el Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras. En virtud del artículo 22.1.b. del Decreto 74/2017, corresponde a la Dirección de Infraestructuras del Transporte, bajo la dependencia directa y jerárquica de la Viceconsejería de Infraestructuras y Transportes, ejercer todas las competencias de la Administración de la Comunidad Autónoma en materia de elaboración, dirección, inspección y ejecución de obras de infraestructuras de transportes, incluida la aprobación de los proyectos de obra. El ente público de derecho privado Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea, creado por Ley 6/2004, de 21 de mayo, está adscrito, en virtud de la misma, al departamento de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi que ostente las competencias en materia de ferrocarriles, y tiene por objeto la construcción y administración de las infraestructuras de transporte ferroviario competencia de dicha administración. La Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, establece en su artículo 8 que la competencia es irrenunciable y se ejercerá por los órganos administrativos que la tengan atribuida como propia, salvo los casos de delegación o avocación, cuando se efectúen en los términos previstos en esta u otras leyes. Atendiendo a los principios de competencia y a los principios generales de la actividad administrativa, especialmente al de eficacia, ante la insuficiencia de medios personales en la Dirección de Infraestructuras del Transporte, se considera conveniente delegar en el ente público de derecho privado Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la aprobación de los proyectos constructivos que se relacionan en la parte dispositiva de la presente Resolución. En virtud de lo expuesto, y de conformidad con lo establecido en el artículo 9 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, RESUELVO : Primero Delegar en la Dirección General de Red Ferroviaria Vasca-Euskal Trenbide Sarea la aprobación de los Proyectos Constructivos de las infraestructuras ferroviarias de competencia de la Dirección de Infraestructuras del Transporte. Esta delegación no será de aplicación a los siguientes proyectos constructivos: Proyectos constructivos que conlleven afección de bienes y derechos. Proyectos constructivos que desarrollen un Estudio Informativo. Proyectos constructivos que requieran Declaración de Impacto Ambiental de acuerdo con lo establecido en el artículo 41 y el apartado B del Anexo I de la Ley 3/1998, de 27 de febrero, General de Protección del Medio Ambiente del País Vasco, y conforme a la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambi