BOPV nº 55 · 2020-03-18 · Medio Ambiente, Planificación Territorial y Vivienda
RESOLUCIÓN de 20 de febrero de 2020, de la Viceconsejera de Medio Ambiente, por la que se acuerda someter a información pública el proyecto técnico y estudio de impacto ambiental presentado por la empresa Dekitra, S.A. para la actividad de gestión y valorización de residuos peligrosos y fabricación y/o comercialización de productos químicos inorgánicos y orgánicos, en Lantarón.
Resultando que el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, tiene por objeto evitar o, cuando ello no sea posible, reducir y controlar la contaminación de la atmósfera, del agua y del suelo, mediante el establecimiento de un sistema de prevención y control integrados de la contaminación, con el fin de alcanzar una elevada protección del medio ambiente en su conjunto. Resultando que en aplicación de lo dispuesto en el texto refundido de la Ley de Prevención y Control Integrados de la Contaminación aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre, se somete a autorización ambiental integrada la construcción, montaje, explotación o traslado, así como la modificación sustancial, de las instalaciones en las que se desarrollen alguna de las actividades incluidas en el Anexo I, resultando que la finalidad de la autorización ambiental integrada es establecer todas aquellas condiciones que garanticen el cumplimiento del objeto de la norma por parte de las instalaciones sometidas a ella, a través de un procedimiento que asegure la coordinación de las distintas Administraciones Públicas que deben intervenir en la concesión de dicha autorización para agilizar trámites y reducir las cargas administrativas de los particulares. Resultando que en aplicación de lo dispuesto en el artículo 7 de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental los proyectos, públicos y privados, consistentes en la realización de obras, instalaciones o cualquier otra actividad comprendida en el Anexo I de la citada norma deben someterse a una evaluación ordinaria de impacto ambiental en la forma prevista en dicha ley. Resultando que se ha iniciado ante este órgano ambiental la tramitación relativa a la autorización ambiental integrada y declaración de impacto ambiental del proyecto presentado por la empresa Dekitra, S.A. para la actividad de gestión y valorización de residuos peligrosos y fabricación y/o comercialización de productos químicos inorgánicos y orgánicos en Lantarón, puesto que el proyecto se encuentra contemplado en el Anexo I del texto refundido de la Ley de prevención y control integrados de la contaminación aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2016, de 16 de diciembre. Resultando que la empresa Dekitra, S.A. ha presentado ante este órgano ambiental el proyecto y el estudio de impacto ambiental para la autorización ambiental integrada y declaración de impacto ambiental, puesto que el proyecto se encuentra contemplado en el Anexo I de la Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental. Considerando que el procedimiento previsto para la obtención de la autorización ambiental integrada establece que, una vez completada la documentación que debe acompañarse junto con la solicitud, debe acordarse la apertura de un periodo de información pública que no será inferior a 30 días. Vistos la Ley 3/1998, de 27 de febrero, general d