BOPV nº 54 · 2020-03-17 · Desarrollo Económico e Infraestructuras

ORDEN de 9 de marzo de 2020, de la Consejera de Desarrollo Económico e Infraestructuras, por la que se regula y se convoca, para el ejercicio 2020, el programa de ayudas a empresas, que realicen inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, para impulso de las Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea y otros municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Programa Indartu 2020.

El Plan de Industrialización 2017-2020 considera la generación de riqueza, como una decidida apuesta por el desarrollo industrial, y la reducción de las desigualdades sociales. La generación de riqueza tiene como principal exponente a la industria. Tras siete años de crisis económica que dejaron debilitados a nuestra sociedad y al tejido empresarial, volvemos a encontrarnos en una fase de crecimiento económico. En 2016 Euskadi recuperó el nivel de actividad económica de 2008, y el sector industrial empezó a crear empleo neto de nuevo. La promoción de inversión productiva generadora de empleo como uno de los ejes estratégicos fundamentales que deben orientar la actuación del Ejecutivo en esta materia. Reforzando tal consideración, el Plan estructura los instrumentos y programas adecuados para impulsar inversiones empresariales y establecer un apoyo integral a nuevos promotores, generadores de nuevas oportunidades de empleo, estableciendo una discriminación positiva para incentivar, especialmente, tanto a las inversiones radicadas en Zonas Margen Izquierda Ría del Nervión y Oiartzualdea, como a aquellas inversiones consideradas como estratégicas y prioritarias en municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco. En aplicación del citado Plan, esta Convocatoria se configura, en síntesis, en torno a las siguientes características básicas: Incentivar la inversión productiva, que conlleve mejora competitiva y desarrollo económico, ubicada en dichas zonas y en el resto de los municipios con una tasa de desempleo superior al 20% de la media anual de la Comunidad Autónoma del País Vasco, realizada tanto por nuevas empresas como por empresas existentes, teniendo preferencia aquellas inversiones directamente ligadas con mejoras en el proceso de transformación del producto, incremento de capacidades o desarrollo de nuevas actividades. Discriminación positiva de contenido territorial, dirigido hacia determinadas zonas que sufren con mayor gravedad la situación de desempleo, bien porque el efecto de la crisis económica les ha afectado más intensamente o bien porque existe una situación de deterioro estructural que dificulta su desarrollo. Incidencia en la necesidad de que las inversiones estén adecuadamente financiadas, exigiéndose una cobertura mínima de Recursos Propios, al inicio del mismo, tanto para las nuevas empresas como para las empresas existentes, del 25% del total de las inversiones subvencionables, descontado los apoyos públicos al mismo. Fijar una ayuda máxima de tres millones de euros por empresa o grupo empresarial, en función de la inversión subvencionable, con independencia del volumen de empleo a crear. Esta Orden de ayudas está contemplada en el Plan Estratégico de Ayudas del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 8.1 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones. Esta convocatoria se realiza confor

Publicación oficial en euskadi.eus

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