BOPV nº 49 · 2020-03-11 · Educación
ORDEN de 4 de marzo de 2020, de la Consejera de Educación, por la que se convoca concurso de traslados para la provisión de puestos de trabajo docentes de carácter singular en centros docentes dependientes de la Administración educativa de la Comunidad Autónoma del País Vasco.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 4.1.c) y 23 de la Ley 2/1993, de 19 de febrero, de Cuerpos Docentes de Enseñanza no universitaria de la Comunidad Autónoma del País Vasco, así como en las relaciones de puestos de trabajo reservadas a maestros y maestras y al resto de cuerpos docentes para el curso escolar 2019-2020, y ante la existencia de plazas vacantes en los centros dependientes de este Departamento de Educación, RESUELVO : Artículo único Convocatoria. Convocar concurso de traslados del personal funcionario de los cuerpos docentes no universitarios para la provisión de puestos de trabajo docentes de carácter singular en centros docentes dependientes de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco. Aprobar las bases que han de regir esta convocatoria. DISPOSICIÓN ADICIONAL Aquellos y aquellas participantes que obtengan destino definitivo en la presente convocatoria y, a su vez, hayan participado y obtenido destino definitivo en el concurso de traslados convocado por Orden de 15 de noviembre de 2019 de la Consejera de Educación, por la que se convoca concurso de traslados de ámbito autonómico del personal funcionario de los cuerpos docentes no universitarios de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco (BOPV de 29 de noviembre de 2019), tendrán un plazo de cinco días naturales desde la publicación de la adjudicación definitiva de la presente convocatoria para manifestar su opción entre un destino u otro, resultando anulado el destino por el que no opta. De no realizarse dicha opción, se deberá tomar posesión en el puesto obtenido en el presente concurso de traslados de plazas de carácter singular. En caso de haber participado y obtenido destino en ambos concursos en puestos de Cuerpos docentes diferentes, de no realizar la opción indicada en el párrafo anterior, se deberá tomar posesión en el puesto obtenido correspondiente al cuerpo desde el que se ha participado en situación de servicio activo. DISPOSICIÓN FINAL PRIMERA . Efectos La presente Orden surtirá efectos al día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. DISPOSICIÓN FINAL SEGUNDA . Recursos Contra la presente Orden podrá interponerse recurso potestativo de reposición ante la Consejera de Educación, en el plazo de un mes a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco o recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo en el plazo de dos meses a partir del día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 4 de marzo de 2020. La Consejera de Educación, CRISTINA URIARTE TOLEDO. BASES SUMARIO CAPÍTULO I. BASES GENERALES. CAPITULO II. REQUISITOS Y CARÁCTER DE PARTICIPACIÓN. Sección 1.ª: Generales.. Sección 2.ª: Cuerpo de Maestros y Maestras. Sección 3.ª: Cuerpos de Profesores y Profesoras y Catedráticos y Catedráticas de Enseñanza Secundaria. Sección 4.ª: Cuerpo de Profesoras y Profesores Técnicos de Formación