BOPV nº 47 · 2020-03-09 · Lanbide-Servicio Público Vasco de Empleo
RESOLUCIÓN de 26 de febrero de 2020, del Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, por la que se procede a la publicación de la modificación de la convocatoria de subvenciones para la realización, en el año 2020, de acciones formativas, con compromiso de contratación, dirigidas a trabajadores y trabajadoras desempleadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la formación profesional para el empleo en Euskadi.
El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 25 de febrero de 2020, ha aprobado la modificación de la convocatoria de subvenciones para la realización en el año 2020, de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a trabajadores y trabajadoras desempleadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la formación profesional para el empleo en Euskadi y, de conformidad con lo dispuesto en el apartado p) del artículo 10.2 de los Estatutos de Lanbide, aprobados por el Decreto 82/2012, de 22 de mayo, corresponde al Director General de este organismo autónomo proceder a su publicación. Por lo expuesto, RESUELVO : Primero Proceder a la publicación de la modificación de la convocatoria de subvenciones para la realización en el año 2020, de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a trabajadores y trabajadoras desempleadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la formación profesional para el empleo en Euskadi, aprobada por Acuerdo del Consejo de Administración de este organismo autónomo, adoptado en su sesión de 25 de febrero de 2020, recogida como anexo a esta Resolución. Segundo Hacer saber que contra el Acuerdo del Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo por el que se aprueba la modificación de la convocatoria podrá interponerse recurso de reposición ante el mismo órgano en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de esta Resolución en el Boletín Oficial del País Vasco, o bien, directamente recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo de Vitoria-Gasteiz, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente a dicha publicación. En Vitoria-Gasteiz, a 26 de febrero de 2020. El Director General de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, JUAN JOSE BORJA BELANDIA FRADEJAS. ANEXO MODIFICACIÓN DE LA CONVOCATORIA DE SUBVENCIONES PARA LA REALIZACIÓN, EN EL AÑO 2020, DE ACCIONES FORMATIVAS CON COMPROMISO DE CONTRATACIÓN DIRIGIDAS A TRABAJADORES Y TRABAJADORAS DESEMPLEADAS DE LA COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO, EN EL MARCO DEL DECRETO 82/2016, DE 31 DE MAYO, POR EL QUE SE ORDENA LA FORMACIÓN PROFESIONAL PARA EL EMPLEO EN EUSKADI El Consejo de Administración de Lanbide-Servicio Vasco de Empleo, mediante Acuerdo adoptado en su sesión de 11 de diciembre de 2019, aprobó la convocatoria de subvenciones para la realización en el año 2020, de acciones formativas con compromiso de contratación dirigidas a trabajadores y trabajadoras desempleadas de la Comunidad Autónoma del País Vasco, en el marco del Decreto 82/2016, de 31 de mayo, por el que se ordena la formación profesional para el empleo en Euskadi, que fue publicada en el Boletín Oficial del País Vasco n.º 243, de 23 de diciembre de 2019, mediante la Resolución de 11 de diciembre de 2019, del Directo