BOPV nº 43 · 2020-03-03 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
DECRETO 15/2020, de 18 de febrero, por el que se regulan las ayudas de formación a personal investigador y personal tecnólogo en el ámbito científico-tecnológico y empresarial del sector agrario, pesquero y alimentario.
El Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras es consciente de la importancia de la cualificación del personal para fomentar la investigación, desarrollo e innovación del sector agrario, pesquero y alimentario vasco. Por ello, se está impulsando la formación en este sector a través de la concesión de ayudas a personal investigador y a personal tecnólogo en organismos del sector en áreas de desarrollo tecnológico e innovación empresarial. Hasta la fecha, la normativa aplicable a estas ayudas se establecía en el Decreto 185/2007, de 23 de octubre, de ayudas de formación a jóvenes investigadores y tecnólogos en el entorno científico-tecnológico y empresarial del sector agropesquero y alimentario vasco, modificado por el Decreto 608/2009, de 24 de noviembre. Con posterioridad al Decreto que regulaba las ayudas y a su actualización, en lo que al personal investigador se refiere, se ha promulgado la Ley 14/2011, de 1 de junio, de la Ciencia, la Tecnología y la Innovación, que recoge algunas determinaciones sobre el personal investigador en formación, y el Real Decreto 103/2019, de 1 de marzo, por el que se aprueba el Estatuto del personal investigador predoctoral en formación, que desarrolla lo establecido en la ley. Respecto al personal tecnólogo, también es posterior el Real Decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el Régimen General de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación. En consecuencia, se considera que los aspectos regulados en la reciente normativa deben ser incorporados al Decreto regulador de las ayudas y que, además se ha de actualizar otro contenido del mismo, como la documentación exigible a quien solicita las ayudas o la forma de presentar esta. El presente Decreto establece el marco genérico de los programas de ayudas mediante los que el Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras pretende continuar la trayectoria de fomento de la especialización y cualificación que ha venido promoviendo en ejercicios anteriores. El objetivo es que personas tituladas perfeccionen su formación mediante la participación, como personal de investigación y tecnológico, en proyectos de I+D+i desarrollados por empresas, centros tecnológicos, organismos de investigación, universidades y sociedades públicas. La Carta Europea del Investigador (EEE/2005/251/CE) define al personal investigador como el conjunto de profesionales que trabajan en la generación de nuevos saberes, conocimientos, productos, procesos, métodos y técnicas, e incluye a todas las personas que participan profesionalmente en el ámbito de la investigación y el desarrollo en cualquier etapa de su carrera, independientemente de su calificación. Así pues, el estímulo de las actividades de investigación mediante la contratación de personal investigador en formación tiene como propósito promover la formación específica de aquellas personas que estando en posesión de determin