BOPV nº 24 · 2020-02-05 · Trabajo y Justicia
RESOLUCIÓN de 27 de enero de 2020, de la Directora de Trabajo y Seguridad Social, por la que se ordena la publicación de la sanción impuesta por infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales en el Exp. 14.0072.20.01.01.02 (23/6361/14) - Acta de infracción I202014000006361.
Visto el expediente de sanción incoado a las empresas Aballa, S.L., con CIF B20194254 y domicilio en Avda. Rekalde Edificio Uribide, 1 Bajo, Puerta 47, 20018 Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa), y UTE Lapatza (Construcciones Moyua, S.A. y Antzibar, S.A.), con CIF U75078733 y domicilio en Paseo Errotaburu, 1 5.º 20018 Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa), en virtud del acta de infracción n.º I202014000006361, extendida por la Inspección de Trabajo y Seguridad Social de Gipuzkoa con fecha 13 de marzo de 2014. ANTECEDENTES DE HECHO Primero Mediante resolución del Viceconsejero de Trabajo y Seguridad Social del Departamento de Trabajo y Justicia del Gobierno Vasco, de fecha 26 de febrero de 2018, se impuso a la empresa Aballa, S.L. y, solidariamente, a la empresa UTE Lapatza una sanción por importe de ciento sesenta y tres mil novecientos cincuenta y seis euros (163.956 ), por la comisión de una infracción muy grave en materia de prevención de riesgos laborales, tipificada en el artículo 13.10 del Texto Refundido de la Ley sobre Infracciones y Sanciones en el Orden Social, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2000, de 4 de agosto: «No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se derive un riesgo grave e inminente para la seguridad y salud de los trabajadores». Segundo Dicha resolución ha adquirido firmeza en fecha 22 de enero de 2020. FUNDAMENTOS DE DERECHO Único. La competencia para conocer del expediente le viene atribuida a la Directora de Trabajo y Seguridad Social, de conformidad con lo dispuesto en el Decreto 84/2017, de 11 de abril (BOPV de 21 de abril de 2017), Real Decreto 928/1998, de 14 de mayo (BOE de 3 de junio de 1998) y en los artículos 2, 3, y 4 del Decreto 244/2012, de 21 de noviembre, sobre publicación de las sanciones por infracciones muy graves en materia de prevención de riesgos laborales y creación del registro de empresas sancionadas (BOPV de 4 de diciembre de 2012). Vistos los preceptos legales y demás de general aplicación, la Dirección de Trabajo y Seguridad Social, en uso de las atribuciones que tiene conferidas, RESUELVE: Primero Ordenar la publicación en el Boletín Oficial del País Vasco de los datos referidos a la sanción firme impuesta, que a continuación se indican: Razón social: Aballa, S.L. Sector de actividad a la que se dedica: Demolición. Código de Identificación Fiscal: B20194254. Domicilio social: Avda. Rekalde Edificio Irubide, 1 bajo, puerta 47, 20018 Donostia / San Sebastián (Gipuzkoa). Centro de trabajo afectado: Obras de construcción del semienlace Antzuola-Bergara (conexión con la AP-1) de la variante de la carretera GI-632 entre el enlace de Urretxu/Legazpi y Bergara (Gipuzkoa). Infracción cometida, 13.10 TRLISOS: No adoptar cualesquiera otras medidas preventivas aplicables a las condiciones de trabajo en ejecución de la normativa sobre prevención de riesgos laborales de las que se