BOPV nº 40 · 2020-02-27 · Cultura y Política Lingüística

ORDEN de 12 de febrero de 2020, del Consejero de Cultura y Política Lingüística, por la que se regula y convoca la concesión de subvenciones en el ejercicio 2020 a la producción de las artes escénicas.

De conformidad al Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma de Euskadi y de determinación de funciones y áreas de actuación de los mismos, competen al Departamento de Cultura y Política Lingüística las funciones relativas a actividades artísticas y culturales, así como su difusión. Dichas funciones están atribuidas a la Dirección de Promoción de la Cultura a través del Decreto 82/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Cultura y Política Lingüística. Dicha Dirección de Promoción de la Cultura estima oportuno proceder a arbitrar un cauce que permita la promoción de las actividades escénicas de carácter profesional, actuación encuadrable en su ámbito competencial, mediante la concesión de subvenciones a los diferentes procesos que confluyen en la producción escénica. Con tal medida se pretende obtener una fórmula de promoción de la labor creativa de las compañías vascas y posibilitar, además, que tales grupos obtengan el reconocimiento a su labor y abran los posibles mercados que permitan incrementar la financiación de los mismos. Asimismo, la presente Orden está incluida en el Plan Estratégico de Subvenciones del Departamento de Cultura y Política Lingüística para el período 2018-2020 aprobado por el Consejero de Cultura y Política Lingüística publicado en la web del citado Departamento. En su virtud, RESUELVO : CAPÍTULO I NORMAS GENERALES Artículo 1 Objeto. Es objeto de la presente Orden regular las condiciones de concesión de subvenciones a la producción de las artes escénicas (teatro, danza, circo...) de carácter profesional que se realicen o se inicien durante el ejercicio 2020. Artículo 2 Modalidades y recursos económicos. El importe global destinado a estas subvenciones es de 1.580.000 euros. Atendiendo a las modalidades de ayuda que comprende la presente convocatoria el importe global de 1.580.000 euros se distribuirá de la siguiente forma: a) Ayudas a la realización de producciones con circuito concertado en los términos que se establecen en el Capítulo II: 280.000 euros. b) Ayudas a las siguientes modalidades de realización de producciones y su posterior distribución en los términos que se establecen en el Capítulo III: 600.000 euros. Ayudas a la realización de producciones escénicas I y a su posterior distribución: 200.000 euros. Ayudas a la realización de producciones escénicas II y a su posterior distribución: 400.000 euros. c) Ayudas a la actividad escénica bienal en los términos que se establecen en el Capítulo IV: 700.000 euros. Atendiendo a las disciplinas artísticas contempladas en la presente convocatoria el importe global de 1.580.000 euros se distribuirá de la siguiente forma: a) Ayudas en el área teatral: 977.000 euros. b) Ayudas en el área de la danza: 603.000 euros. La distribución de las cantidades destinadas a cada disciplina en las diferentes moda

Publicación oficial en euskadi.eus

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