BOPV nº 39 · 2020-02-26 · Gobernanza Pública y Autogobierno

ORDEN de 7 de enero de 2020, del Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno, por la que se inscribe en el Registro de Fundaciones del País Vasco la constitución de la «Fundación Araubidean».

Visto el expediente por el que se solicita la inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Araubidean», sobre la base de los siguientes: ANTECEDENTES DE HECHO Primero El 5 de noviembre de 2019 tuvo entrada en el Departamento de Gobernanza Pública y Autogobierno, solicitud de inscripción en el Registro de Fundaciones del País Vasco, de la constitución de la «Fundación Araubidean», fundada por José Ignacio Gómez Murguialday, Rafael Dueñas Garralda, Susana García Busto, Eduardo Comas Valls, Iñaki Jauregui Navarro. A la solicitud se adjuntó la escritura pública de constitución. Segundo La Comisión Asesora del Protectorado de Fundaciones del País Vasco ha emitido el 19 de diciembre de 2019 informe favorable referente a la licitud e interés general de los fines fundacionales, así como a la viabilidad económica de la Fundación. Tercero Los fines de la Fundación, según establece el artículo 5 de sus estatutos, son los siguientes: El fin principal y primordial es promover la cultura de cumplimiento en todos los ámbitos, públicos y privados, y en todos los sectores de la sociedad, teniendo como principios básicos y fundamentales la ética, el respeto a los derechos humanos, las buenas prácticas y el cumplimiento de la ley. Cuarto Conforme dispone el artículo 1 de los estatutos, el domicilio fundacional queda fijado en la calle Bergara n.º 20 escalera izquierda 1.º B, 20005 de San Sebastián (Gipuzkoa), desarrollando la Fundación principalmente sus actividades en la Comunidad Autónoma Vasca. Quinto La entidad fundadora aporta dos mil (2.000) euros como dotación fundacional inicial. Se acredita su aportación en el expediente de inscripción registral, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 37.1.c) del Reglamento del Registro de Fundaciones del País Vasco, aprobado por el Decreto 101/2007, de 19 de junio. Sexto El Patronato inicial, conforme se establece en la escritura de constitución fundacional, está compuesto por los siguientes miembros, con vigencia en el cargo hasta el 18 de octubre de 2022: Presidente: Eduardo Comas Valls. Vicepresidente/a: Rafael Dueñas Garralda. Secretario/a: Susana García Busto. Vocal: Iñaki Jauregui Navarro. Vocal: José Ignacio Gómez Murguialday. Todas las personas nombradas han aceptado sus cargos, mediante alguna de las formas previstas en el artículo 16.2 de la Ley 9/2016, de 9 de junio, de Fundaciones del País Vasco. FUNDAMENTOS DE DERECHO Primero Corresponde al Consejero de Gobernanza Pública y Autogobierno dictar, mediante Orden, la resolución del presente expediente de constitución, en virtud de lo previsto en el artículo 3.1 del Decreto 115/2019, de 23 de julio, por el que se aprueba el Reglamento del Protectorado y Registro de Fundaciones del País Vasco, artículo 6.1.m) del Decreto 24/2016, de 26 de noviembre, del Lehendakari, de creación, supresión y modificación de los Departamentos de la Administración de la Comunidad Autónoma del País Vasco y de determinación de funcion

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