BOPV nº 36 · 2020-02-21 · Desarrollo Económico e Infraestructuras
RESOLUCIÓN de 12 de febrero de 2020, del Director de Puertos y Asuntos Marítimos, por la que se acuerda iniciar procedimiento de adjudicación de autorizaciones demaniales para la instalación y explotación de puestos de helados para los años 2020 a 2022 en puertos de Bizkaia y Gipuzkoa.
De conformidad con lo establecido en el artículo 36.1 de la Ley 2/2018, de 28 de junio, de Puertos y Transporte Marítimo del País Vasco, «se exigirá la obtención de autorización para aquellos usos u ocupación de dominio público portuario, con bienes muebles o instalaciones desmontables o sin ellas, por plazo no superior a tres años, incluidas las prórrogas.» El artículo 5.2 de la Ley 2/2018, de 28 de junio, atribuye al actual Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras la competencia de desarrollo y ejecución de la política portuaria de la Comunidad Autónoma, correspondiéndole la coordinación y el control del sistema portuario de titularidad autonómica. Para ello, le corresponden, entre otras, las funciones de gestión, construcción, explotación, conservación, protección, defensa y disciplina del dominio público portuario, y el otorgamiento, modificación y extinción de las concesiones y autorizaciones en los puertos. De acuerdo con lo anterior, en virtud de las facultades que tiene atribuidas esta Dirección por los artículos 7.h) y 23.c) del Decreto 74/2017, de 11 de abril, por el que se establece la estructura orgánica y funcional del Departamento de Desarrollo Económico e Infraestructuras, RESUELVO : Primero Iniciar el procedimiento de adjudicación de autorizaciones demaniales para la instalación y explotación de puestos de venta de helados para los años 2020 a 2022, ambos inclusive, en puertos de titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi, conforme a las bases que se recogen en el Anexo I a la presente Resolución, y de acuerdo a las condiciones de la autorización que constan en el Anexo II. Segundo Frente a la presente Resolución, que no agota la vía administrativa, cabe interponer recurso de alzada ante el Viceconsejero de Infraestructuras y Transportes o ante quien ha dictado la Resolución, en el plazo de un mes a partir del día siguiente a la publicación de la presente Resolución. Tercero La presente Resolución surtirá efectos el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del País Vasco. En Vitoria-Gasteiz, a 12 de febrero de 2020. El Director de Puertos y Asuntos Marítimos, AITOR ETXEBARRIA ATUTXA. ANEXO I Bases del procedimiento de adjudicación de autorizaciones demaniales para la instalación y explotación de puestos de helados para los años 2020 a 2022 en puertos de Bizkaia y Gipuzkoa Base primera. Objeto de la convocatoria. Es objeto de la convocatoria el otorgamiento de autorizaciones demaniales para la instalación y explotación de 14 (catorce) puestos de venta de helados para los años 2020 a 2022 en puertos de Bizkaia y Gipuzkoa de titularidad de la Comunidad Autónoma de Euskadi. Base segunda. Ubicación. Los puestos de venta de helados que pueden ser ocupados en régimen de autorización deberán ser ubicados en los siguientes emplazamientos, que, además, se señalan gráficamente en los correspondientes planos: Bizkaia: Puesto n.º 1: Bermeo, en la esquina de la biblioteca. Puesto n.º 2: Armintza, detrás de la